Ratifican tribunal para nuevo juicio al “partner” por supuesto enriquecimiento ilícito

La Cámara de Apelaciones confirmó a los jueces que integrarán el Tribunal de Sentencia para el nuevo juicio oral a Raúl Fernández Lippmann, acusado de presunto enriquecimiento ilícito. En el primer juicio, el exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) fue absuelto, pero un tribunal de alzada anuló el fallo.

Raúl Fernández Lippmann junto a su abogado, Álvaro Arias, en el juicio por el caso audios.
Raúl Fernández Lippmann junto al abogado Álvaro Arias, en el juicio por el caso audios.Archivo, ABC Color

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El Tribunal de Sentencia Permanente N° 1, integrado por los jueces Juan Carlos Zárate Pastor, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, fue confirmado por el Tribunal de Apelación Penal 4ª Sala de la Capital para el nuevo juicio oral y público que debe afrontar el exsecretario del JEM Raúl Fernández Lippmann por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón Fernández y Arnaldo Fleitas resolvieron no hacer lugar a la impugnación planteada por los jueces de sentencia y confirmaron a los magistrados para juzgar la causa que afronta el exsecretario del entonces presidente del JEM Óscar González Daher (fallecido en octubre de 2021). En dicha institución, Raúl Fernández Lippmann era conocido como “partner”.

En la presente causa penal también está acusado Cristian León Guimaraes, exfuncionario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en calidad de cómplice del enriquecimiento ilícito de Fernández Lippmann, quien -según el Ministerio Público- no puede justificar ingresos por la suma de G. 1.327.393.602 entre el 2007 y 2017.

Cámara anuló blanqueo del “partner” en el primer juicio

En abril de 2021, el tribunal de apelación integrado por los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez Faría y José Agustín Fernández hizo lugar a la apelación presentada por la fiscala Victoria Acuña y anuló la Sentencia Definitiva N° 402, del 26 de noviembre de 2020, por la cual se dictó la absolución de los acusados Raúl Fernández Lippmann y Cristian León Guimaraes, de la presente causa.

El tribunal de alzada alegó que la sentencia dictada por los magistrados Juan Pablo Mendoza (presidente), Laura Ocampo y Fabián Weisensee es contradictoria porque dio “plena validez a las pericias de Darío Vázquez Piatti y Natalia Giménez, quienes usaron como base la pericia incompleta de la Contraloría General de la República; sin embargo, concluye que los hechos punibles acusados no fueron probados”.

Los camaristas también cuestionaron que el fallo del tribunal de sentencia indica que “no se ha acreditado en juicio ni el origen del dinero, así como tampoco su destino; es decir, no se ha establecido una trazabilidad respecto al movimiento del dinero”.

Critican que esta fundamentación es contradictoria, ya que la acusación es por los hechos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero y el tribunal consideró que no existe trazabilidad del dinero. Sin embargo, más adelante puntualiza que “resultando atípica la conducta referida al enriquecimiento ilícito, tampoco es posible construir la tipicidad del lavado de dinero”.

Fundamenta además una falta de valoración armónica de las pruebas producidas en el juicio oral y destacan sobre este punto que los jueces de sentencia no explican en su fallo por qué dieron como válido el testimonio de la señora Maxdonia Fernández, tía de Raúl Férnández Lippmann, y descartaron todo el caudal probatorio ofrecido por la fiscala Victoria Acuña.

En su declaración, la tía del exsecretario del JEM afirmó que el “partner” de González Daher formaba parte del grupo que vendía los libros escritos por ella y cobraba entre G. 4.500 y G. 5.500 por cada ejemplar de la obra “Lengua Española Teoría y Práctica”, y que con ese ingreso aumentó considerablemente su patrimonio.

Fiscalía pidió 8 años de cárcel

La fiscala Victoria Acuña aseguró que en el juicio oral probó que Fernández Lippmann se enriqueció ilícitamente, entre los años 2007 y 2017, cuando ocupó el cargo de secretario general del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, por lo que pidió que sea condenado a 8 años de prisión.

Afirmó que el acusado no pudo justificar ingresos por la suma de G. 1.327.393.602, ya que el único ingreso legal que el acusado tenía era su salario como funcionario del JEM, donde mensualmente cobraba aproximadamente unos G. 22 millones.

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