Corte descarta recursos de casación y condena por narcotráfico queda firme

La Sala Penal de la Corte declaró inadmisibles los recursos de casación presentados, contra resoluciones de Tribunales de Sentencia y de Apelación, por el Ministerio Público y de la defensa de un narco condenado, en una causa en que fueron condenados químicos brasileños por narcotráfico. En consecuencia, quedan firmes las condenas de 8 y 9 años para cuatro acusados.

Los químicos brasileños condenados, en un juicio que fue anulado y tuvo que volver a realizarse.
Los químicos brasileños condenados, en un juicio que fue anulado y tuvo que volver a realizarse.ABC Color

Cargando...

La causa se inició con la Operación Síntesis, ejecutada el 24 de abril del 2014, cuando agentes de Senad desmantelaron el primer laboratorio de drogas sintéticas en Alto Paraná, oportunidad en que se incautaron 31 kilos de cocaína y 3.287 pastillas de éxtasis. Además, fueron detenidos los químicos brasileños Nicolás Asunción Ramírez, Bruno Franco Morel, Caio Marcio Muffato y Daniel Demetrius Gibson, condenados primero a penas de 6 a 8 años a en un primer juicio.

El abogado defensor de Daniel Gibson, Juan Francisco Valdez, y el Ministerio Público, representado por el fiscal Ysaac Ferreira, apelaron la sentencia del primer juicio. El primero, solicitando la anulación del juicio y el segundo, por considerar que la pena era ínfima ante los 25 años de privación de libertad que solicitó.

Finalmente un Tribunal de Apelación anuló el primer juicio y ordenó la realización de un nuevo juzgamiento.

En ese segundo juicio, los cuatro extranjeros fueron condenados nuevamente, pero a penas de 8 a 9 años dictada por un Tribunal de Sentencia. Esta condena fue apelada y confirmada por un Tribunal de Apelación.

Sin embargo, la defensa y la Fiscalía volvieron interpusieron recursos de casación. En total fueron tres, que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Manuel Dejesús Ramírez Candia, María Carolina Llanes Ocampos y Eugenio Giménez Rolón, analizó y, por Acuerdo y Sentencia N° 254, resolvió declarar la inadmisibilidad de cada uno de ellos, con lo que quedó firme la última condena.

Defensa y Fiscalía pidieron nulidades

El abogado Juan Francisco Valdez, defensor de Daniel Gibson, planteó un recurso de casación contra el Acuerdo y Sentencia (A. S.) N° 31 del 12 de junio de 2018 emanado por la Cámara de Apelaciones en lo Penal, en el que se anuló totalmente la Sentencia Definitiva (S. D.) N°492 del 26 de diciembre de 2017, del Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Víctor Hugo Alfieri, Elio Rubén Ovelar Frutos y Daniel Ferro Bertolotto.

Dicha sentencia establecía que Nicolás Asunción Ramírez Fernández debía cumplir 8 años encerrado en la cárcel, Bruno Franco Morel 7 años de prisión, Caio Marcio Mafato y Daniel Demetrius Gibson, 6 años y 6 meses de pena privativa de libertad, para cada uno.

El abogado Valdéz planteó una acción de inconstitucionalidad, que fue rechazada “in limine” por Auto Interlocutorio (A. I.) N° 2291 del 8 de octubre de 2018, por la Sala Constitucional de la Corte. En tanto que el fiscal Ysaac Ferreira, impulsó un recurso de apelación especial y el tribunal resolvió el reenvío del expediente para la realización de un nuevo juicio.

Nuevas condenas también fueron cuestionadas

El agente fiscal de la Unidad Especializada en Lucha contra el Narcotráfico, Ysaac Ferreira, interpuso un recurso extraordinario de casación contra el AS N° 36 del 25 de junio de 2019, dictado por el Tribunal de Apelaciones, que confirmaba la SD N° 327 del 21 de setiembre de 2018, dictada por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Cyntia Paola Lovera, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Luis Capurro Radice.

La citada sentencia judicial dictaba 9 años de pena privativa de libertad para Nicolás Ramírez y de 8 años de prisión para Bruno Franco, Caio Muffato y Daniel Gibson. Esta decisión, ratificada por el A y S N° 36, fue motivo para que el abogado Juan Valdez y el fiscal Ysaac Ferreira, soliciten la nulidad de la misma. En ese sentido, ambos plantearon un recurso de casación contra dicha resolución.

Los tres ministros coincidieron en que los recursos presentados por la Fiscalía y la defensa de uno de los condenados, no cumplían con todos los requisitos de forma para su admisibilidad, por lo que resolvieron declarar inadmisibles todos los planteamientos hechos y confirmar, por ende, el Acuerdo y Sentencia N° 36 que ratifica la condena para los cuatro brasileños.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...