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Luego de “vender” a la ciudadanía la idea de un proyecto de ley que supuestamente abarataría los precios finales de los combustibles de Petropar, finalmente se aprobó una normativa que no solo no bajará precios sino que además, de ser promulgada, abrirá las compuertas a los negociados en la históricamente corrupta petrolera estatal. Esto, al permitir que las proveedoras de combustibles del exterior queden eximidas del cumplimiento de la ley N° 2051/2003 de Contrataciones Públicas.
De los documentos oficiales a los que accedimos y del proceso legislativo del proyecto de ley, surge otro hecho todavía más grave, que es el sigiloso y grosero cambio realizado al proyecto de ley que se presentó originalmente, por el otro que fue aprobado finalmente.
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El 18 de abril había sido presentado un plan de ley que solo exceptuaba a proveedoras de combustibles del extranjero contratadas por Petropar, bajo cualquiera de las modalidades de la Ley N° 2051, del cumplimiento de la Ley N° 6355/2019 que les exige la presentación de declaraciones juradas de bienes y rentas (ver cuadro). El argumento fue que con ello se evitaría la intermediación. Este proyecto fue presentado por los senadores Enrique Salyn Buzarquis, Juan Afara, Javier Zacarías Irún, Arnaldo Franco, Rodolfo Friedmann, Amado Flarentín, Oscar Salomón y José Ledesma.
“Puenteo” a Contrataciones
En sesión ordinaria del Senado del 21 de abril no se llegó a tratar dicho proyecto, pero sí lo hicieron en la extraordinaria del 25 de abril, en medio de la presión de camioneros movilizados en todo el país y de sindicalistas de Petropar, que exigían la media sanción de la Cámara Alta. Pero en esa misma sesión extraordinaria en que el pleno del Senado se constituyó en comisión, ya que no había dictamen previo de comisiones, se aprobó un texto totalmente cambiado del plan de ley.
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Esa nueva versión, además de excluir a las proveedoras de combustibles de Petropar de la Ley N° 6355 de declaraciones juradas, también lo hacía -inesperadamente- de la Ley N° 2051, y de forma taxativa (ver facsímil). Según se pudo observar, el cambio no se llevó a cabo durante dicha sesión (cuya grabación está disponible en la plataforma Youtube), sino que la modificación se produjo después de la presentación del 18 de abril y antes de la sesión del día 25.
No se sabe quién ordenó ni quién ejecutó el cambio
Surgen así las preguntas: ¿Quién ordenó el cambio del texto? ¿Con qué objetivos? ¿Qué negociados se estarían gestando entre Petropar y alguna proveedora del exterior? ¿Habrían ofrecido dinero a los camioneros y sindicalistas de Petropar para que estos presionen por la aprobación de esa ley engañosa?
ABC Color intentó ayer conversar con los senadores José Ledesma, uno de los proyectistas de esta iniciativa parlamentaria, con Esperanza Martínez y Sixto Pereira, pero ninguno contestó. En sesión de la Cámara Baja, de hecho, solo dos legisladores cuestionaron el “puenteo” a la ley 2051, que se estaba por aprobar en ese momento. Ellos fueron Rocío Vallejo (Patria Querida) y Celso Kennedy (Partido Liberal).
Petropar “no entiende” ley
En tanto, Petropar, que hasta ayer de mañana sostenía que la ley no aprobó el “puenteo” a la DNCP, ya por la tarde cambió de discurso. ABC pidió la versión oficial de la estatal, luego de comprobarse la situación, pero desde la Dirección de Comunicaciones se limitaron a responder: “Me explican que tenemos que esperar a que salga el decreto reglamentario de la ley para finalmente entender bien qué establece la ley” (sic).
DNCP: “Una norma de cumplimiento imposible”
El jefe de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), Pablo Seitz, quien en principio defendió la ley sancionada en el Congreso alegando que no “puentea” la Ley N° 2051/2003 que rige dicha institución, reconoció ayer que se trata de “una norma de cumplimiento imposible”. Eso, porque según él no le exonera a Petropar de cumplir la Ley N° 2051 de Contrataciones Públicas pero sí a las proveedoras extranjeras de la estatal, del rubro combustible. “En el caso de que llegue a aplicarse, yo como director de Contrataciones me voy a plantar”, dijo haciendo referencia a que no permitirá que la petrolera del Estado realice compras directas sin procesos licitatorios.
Requerido acerca del peligro de dejar al arbitrio del director de turno de la DNCP, señaló que “es súper peligroso dejar una ley a la libre interpretación”.
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Según Seitz, ayer ya advirtió al Poder Ejecutivo sobre el cambio que hubo entre la versión inicial del citado proyecto de ley y la versión sancionada. “Yo ya advertí de esta situación”, dijo, al ser preguntado qué recomendará a Mario Abdo Benítez, si promulgar o vetar. La alerta es porque “el texto no es el adecuado” ni es el que inicialmente había apoyado la DNCP, refirió.
Sería inconstitucional al derogar Ley N° 2051
El abogado José Casañas Levi emitió ayer su opinión inicial sobre el texto de la ley sancionada por el Congreso y que exceptúa a las proveedoras extranjeras de combustibles de Petropar de las leyes Nº 2051 de Contrataciones Públicas y Nº 6355 de declaraciones juradas, que en caso de ser promulgada por el Poder Ejecutivo, podría generar acciones de inconstitucionalidad.
Según explicó “no hay duda de que la Ley N° 2051 está derogada por la nueva ley”, porque “lo dice taxativamente”, y en tal sentido, agregó que la parte interesada es quien eventualmente puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Por ejemplo, un proveedor del Estado que no esté exento de la ley 2051. Agregó al respecto que sobre la inconstitucionalidad de una ley hacen referencia el Art. 582 del Código Procesal Civil, la Ley N° 609, que organiza la Corte Suprema y el Art. 132 de la Constitución Nacional. También los Art. 46 y Art. 47 inc. 2 de la Constitución que hablan sobre la igualdad ante las leyes podrían invocarse, porque es una discriminación que una ley se aplique a un grupo de proveedoras y a otro, no. Además, el Art. 137 que habla de la supremacía de la Constitución y el Art. 107 de la Carta Magna que garantiza libre concurrencia.
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“Situación muy grave”
“Hay una situación bastante grave si hubo un cambio en el acápite y luego en el contenido de la ley, sin dictamen de comisión, porque es ahí donde se puede hacer el cambio. Pero en este caso, en realidad se da una situación bastante delicada que habría que ver. Se deben leer ambas versiones y en la plenaria se plantea el cambio y en todo caso ahí se dice: ‘También queremos que se exceptúe la Ley N° 2051 no como dice acá solo de procesos de las declaraciones juradas’. Si no se discutió en plenaria y no hubo reunión de comisión, habría que ver cuál fue el mecanismo utilizado”, afirmó ayer la diputada Rocío Vallejo (PPQ), en conversación con el programa Factor Clave de ABC TV. Ella y el diputado Celso Kennedy fueron los únicos que cuestionaron el “puenteo” a la ley 2051.
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