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El ciudadano presentó su solicitud por escrito el pasado 16 de diciembre del 2021, en el que enumeró siete pedidos y hasta la fecha la Municipalidad de San Lorenzo no entregó de manera correcta los documentos; es decir, cercenó muchos de ellos, por lo cual ayer fue hasta el Juzgado de Primera Instancia de Capiatá y promovió una acción judicial de amparo a la información pública en contra de la Municipalidad de San Lorenzo.
Si bien el 10 de enero de 2022, la Municipalidad de San Lorenzo respondió fuera del plazo legal establecido a la solicitud de Vargas Telles, remitiendo los datos solicitados, excepto el punto 6. En ese punto solicita en “formato digital las resoluciones de la Intendencia municipal realizadas desde el 1 de enero de este año (2021) hasta el momento de la entrega de este pedido, ya sean promulgadas y derogadas”.
“Este amparo tiene como finalidad que V.S. ordene a la Municipalidad de San Lorenzo la provisión de la información pública que se me ha negado en forma manifiestamente ilegítima; considerando que he agotado la vía administrativa tras la negativa de la fuente pública a entregarme la información requerida según las consideraciones de hecho y de derecho que de manera seguida paso a exponer”, reza parte del documento presentado por Daniel Vargas Telles, patrocinado por el abogado Vicente Espínola.
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Entre los pedidos del ciudadano sanlorenzano está todo lo actuado para la construcción del Pabellón de Contingencia Respiratorio instalado en el Hospital General de Calle’i, los fiscalizadores de la obra, el contrato y las resoluciones dictadas por el intendente durante la emergencia sanitaria.
Los pedidos
1. Copia de resolución o algún documento del Consejo Local de Salud de San Lorenzo (CLS) donde se contrata a fiscalizador de la construcción del Pabellón de Contingencia Respiratoria en predio del Hospital General de Calle’i.
2. Copia de resultado de análisis de cada etapa realizada por el fiscal de obras contratado por el Consejo Local de Salud en tema construcción del Pabellón de Contingencia Respiratoria realizado en predio del Hospital General de Calle’i.
3. Nombre del fiscalizador de obras nombrado por el Ministerio de Salud para el control de construcción del Pabellón de Contingencia Respiratoria construido en predio del Hospital General de Calle’i
4. Copia de cada acta de recepción de la obra firmada por el fiscal de obras contratado por el CLS, desde la primera etapa hasta la recepción definitiva del Pabellón de Contingencia Respiratoria construido en el predio del Hospital de Calle’i.
5. Copia de todos los comprobantes de pago realizado por el CLS al fiscal de obras contratado por el CLS.
6. Solicito a la Intendencia Municipal de San Lorenzo me entregue en formato digital las Resoluciones de la Intendencia Municipal realizadas desde el 1 de enero de este año hasta el momento de la entrega de este pedido, ya sean promulgadas y derogadas.
7. Solicito a la Intendencia Municipal de San Lorenzo me entregue en formato digital las Resoluciones de este año que fueron enviadas por la Junta Municipal cuyos números son: 162, 258, 273, 356 y 504 respectivamente ya sean promulgadas o derogadas.
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Otros pedidos
Vargas Telles ya había solicitado algo similar en el 2007 y luego en el 2019. En ambos pedidos se encontró con un camino engorroso de burocracia estatal y judicial e, incluso, un juez le ordenó pagar las costas del juicio, todo por solicitar un derecho amparado en la Constitución Nacional, la Ley N° 5.282/14, “De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental” y convenios internacionales de los cuales Paraguay forma parte.
Su primera batalla judicial contra la burocracia y la corrupción se inició el 4 de mayo del 2007, para acceder a información de la Comuna sanlorenzana. Había solicitado al entonces intendente Eladio Gómez Rolón (ANR) la información, en copia impresa, de la cantidad de empleados contratados y nombrados, con sus nombres y apellidos, puestos de trabajo y salarios. Los asesores jurídicos municipales le habían negado la información, entonces recurrió a la Justicia, pero también perdió en primera y segunda instancia.
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El caso fue a la Corte Suprema de Justicia y allí, bajo patrocinio del defensor del Pueblo, Manuel Páez Monges, se inició una acción de inconstitucionalidad y la Corte falló a favor del acceso a la información el 15 de octubre del 2013.
Luego, en el 2019 volvió a solicitar las actas de las elecciones generales de 2018 del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Aquí también perdió en ambas instancias e, incluso, se le impuso pagar unos G. 6 millones por los gastos judiciales. El caso también llegó a la Corte Suprema de Justicia, donde se aguarda una resolución.