Riera plantea ley para elevar penas y “criminalizar” cierres de rutas

El senador colorado cartista Enrique Riera anunció que este lunes presentará un proyecto de ley que buscará modificar el Código Penal para sancionar con penas de hasta más de cinco años de cárcel a las personas que realicen cierre de las rutas a nivel país.

Enrique Riera llega a la ANR en su vehículo. (Fuente: Facebook del legislador)
Enrique Riera llega a la ANR en su vehículo. (Fuente: Facebook del legislador)

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El parlamentario anunció que este lunes, junto colegas de otras bancadas, presentará un proyecto de ley para modificar el Código Penal y para tipificar y sancionar con penas superiores a los 5 años, a quienes cierran las rutas. “El tránsito libre de personas y bienes está garantizado en la CN (arts. 41 y 108)”, señaló desde sus redes sociales. La iniciativa sigue la misma línea que la denominada “ley Riera- Zavala”, que también elevó las penas para las invasiones de tierras.

El parlamentario dijo que decidió tomar esta acción ante las declaraciones de la Fiscalía que actualmente justifica su inacción en casos de bloqueos. Según el Ministerio Público, no se puede intervenir ni imputar por cierres de rutas, ya que solo se puede actuar cuando ya se cometió un delito de acción penal pública y supuestamente esto no se cumple al bloquear el tránsito de terceros.

“Por eso vamos a tipificar penalmente el ‘cierre de vías públicas’ y con penas mayores a 5 años (crimen) para que no haya excusas”, aseveró el parlamentario en alusión a la Fiscalía.

Su anuncio generó todo tipo de reacciones, desde los que apoyan la iniciativa hasta los que cuestionan que no se actúe con la misma firmeza en casos de corrupción como así también los que temen que se use la ley para criminalizar cualquier tipo de manifestaciones, un derecho ganado tras la dictadura stronista.

En respuesta a los que temen que se atente contra el derecho a manifestarse, Riera indicó que “Toda persona tiene derecho a ser protegida en su libertad y seguridad. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordena ni privado de lo que ella no prohíbe (art. 9°) Derecho a manifestación pacífica está permitido. Límites son orden público y derecho de terceros (art.32°)”.

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