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La magistrada concluyó que siguen latentes tanto el peligro de fuga de Cucho Cabaña como el peligro de obstrucción al proceso, por la alta expectativa de pena que tienen los delitos que el Ministerio Público atribuye al imputado: narcotráfico, asociación criminal y lavado de dinero.
Pedrozo señala también en su resolución que no se puede considerar como un hecho nuevo el Acuerdo y Sentencia N° 72 del 22 de marzo pasado, por el cual la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no hizo lugar a la acción promovida por el fiscal Marco Alcaraz y dispuso el emplazamiento a la Fiscalía General del Estado para que presente acusación u otro requerimiento conclusivo para los procesados en la causa llamada “Berilo”.
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Preso desde el 2018
Reinaldo “Cucho” Cabaña está con prisión preventiva desde el 8 de setiembre de 2018, es decir, hace más de 3 años y siete meses. Es por eso que la defensa solicitó en reiteradas ocasiones que el Juzgado otorgue medidas menos gravosas, alegando que el presunto narco ya compurgó la pena mínima.