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En la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados, en la que se analiza el proyecto de ley que crea el fondo de estabilización del precio del combustible, es decir, el subsidio para Petropar, Kattya González, del PEN, hizo varios cuestionamientos a la polémica ley que busca contraer nuevos créditos para cubrir el subsidio a los combustibles.
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Su primera consulta a los representantes del Ministerio de Hacienda que participaron de la sesión fue sobre las instituciones a las que les quitarán el cupo de combustibles. La diputada explicó que instituciones como la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Ministerio de Salud no pueden quedar sin recursos para la movilidad, ya que sus labores están relacionadas directamente con servicios a la ciudadanía.
Según manifestó, el artículo en cuestión es muy genérico y no refleja la necesidad real de las racionalizaciones que deben hacerse. También expresó que en dicha normativa deben ser incluidos los altos funcionarios de las binacionales Itaipú y Yacyretá, que perciben salarios millonarios.
Igualmente, pidió que se incluyan los números, es decir, la cantidad de dinero que el Estado se ahorraría con la supresión de dicho beneficio.
Canilla a discreción para Hacienda
En otro punto, cuestionó que en el artículo 7º de la ley se “abre una canilla discrecional al Ministerio de Hacienda”, porque se habla de “ampliación de ingresos, gastos y financiamiento” dentro del presupuesto y no de reordenamiento o reasignación. “Esta ley establece que el Ministerio de Hacienda podrá establecer procedimientos, adecuaciones presupuestarias, de tesorería, contables y de créditos que sean necesarios, es decir, nuevos créditos”, afirmó.
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También criticó el artículo 9º, en el que se dispone que el premio o plus referente al costo que se tiene con el intermediario sea incluido cuando se encuentre plenamente justificado, porque no se explicó con detalles cuáles son los parámetros a tener en cuenta y considerar para determinar las situaciones donde dicho pago será “plenamente justificado”.
Finalmente, manifestó que lo establecido en el artículo 10º, que da facultad al Poder Ejecutivo de ampliar o disminuir el periodo de vigencia de la ley, no corresponde porque es una atribución que pertenece plenamente a los legisladores.