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Los ministros Luis María Benítez Riera, María Carolina Llanes y Manuel Dejesús Ramírez Candia, miembros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvieron por unanimidad no hacer lugar a la recusación presentada por el abogado José Costa Perdomo, en representación de su esposa Delia Patricia Samudio Torras, expresidenta de Petropar, contra los miembros del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Segunda Sala de la Capital.
Además, los ministros de la máxima instancia judicial resolvieron “llamar la atención al abogado José Costa Perdomo y advertirle que, en caso de que persista con presentaciones manifiestamente infundadas y con fines eminentemente dilatorios, serán aplicadas las sanciones disciplinarias que correspondan”.
Argumentos de la Sala Penal
Los miembros de la Sala Penal coincidieron que las supuestas causales de recusación, argumentadas por Costa Perdomo, “son en realidad desacuerdos con las decisiones judiciales que han sido dictadas en la causa”.
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Sobre el punto agregan que la recusación no es la vía idónea para resolver dichos reclamos, ya que existen mecanismos procesales como excepciones y recursos a través de los cuales pueden ser reclamadas tales pretensiones.
En atención a que se trata de un recurso con intenciones evidentemente dilatorias, la Sala Penal expresa preocupación por “la temeridad y ligereza de esta presentación, dado que acusa al Tribunal de Apelación de tener interés personal en la causa, pero no presenta ninguna prueba para demostrar esa afirmación”.
Chicana de la extitular de Petropar y su esposo
Con esta decisión de la Sala Penal el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Segunda Sala de la Capital, tiene vía libre para resolver la apelación planteada por los acusados contra el rechazo de la reposición interpuesta ante la decisión del juez de Garantías de la causa, Julián López, de que la excepción de falta de acción sea analizada recién en la audiencia preliminar.
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Los acusados alegan que el supuesto perjuicio patrimonial causado con la supuesta compra irregular de agua tónica, que asciende a la suma de G. 359.700.000, ya fue reparado. En consecuencia, aseguran que ya no hay motivos para la persecución penal.
Hasta tanto la Cámara de Apelaciones no se expida, no se podrá fijar nueva fecha para intentar sustanciar la preliminar, en la que se debe resolver si el caso va a juicio oral como pide el Ministerio Público.
Pagó cuenta personal con dinero público
Según la acusación presentada por los fiscales Liliana Alcaraz, Francisco Cabrera y Silvio Corbeta, bajo la administración de Patricia Samudio, Petropar adquirió, por la vía de la excepción, de la firma proveedora Solumedic SA, 3.000 tapabocas N95, 5.000 botellas de agua tónica y otros insumos, por un total de G. 359.700.000.
Esta suma fue transferida a una cuenta de la empresa Racole SA, para el pago parcial de una deuda de Costa Perdomo, esposo de la entonces funcionaria estatal.
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Ante la posible estrategia de la defensa de Samudio, de pedir la extinción de la causa y por ende el sobreseimiento definitivo de los procesados, alegando que los G. 359.700.000 (monto del perjuicio que sufrió el Estado), ya fue devuelto en su totalidad por la empresa Solumedic SA, la fiscala Liliana Alcaraz indicó que la devolución del dinero se dio después de la apertura de la presente causa.
La agente del Ministerio Público remarcó que para la Fiscalía, la causa se debe discutir en un juicio oral, aunque los directivos de la empresa Solumedic SA Liz Adolfina Chamorro Ferreira y Víctor Ramón Cabañas Fernández hayan devuelto al Estado los G. 359.700.000.