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“Considerando que hay pedidos de mejorar el proyecto y ajustar a legislación internacional, ya que Paraguay ha firmado tratados internacionales y debemos estar acorde a esos tratados. Por ello solicitamos la postergación del punto”, dijo el titular de la comisión asesora.
El proyecto de ley buscaba modificar los artículos 2, 5 y 7 de la Ley 5400/2015 “De Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Paraguayo”. Asimismo, facultar a la Fuerza Aérea a derribar las aeronaves que se desplazan dentro del territorio paraguayo en forma irregular, y que son altamente sospechadas de pertenecer al ámbito del tráfico de drogas.
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El proyecto menciona, además que la Fuerza Aérea deberá establecer un mecanismo adecuado para el registro de las autorizaciones emanadas, para la destrucción o derribo de la aeronave.
De persistir la situación o siendo la aeronave infractora clasificada como hostil, o en razón de autodefensa, en caso de que la aeronave interceptada responda con disparo de arma de fuego, el piloto interceptor podrá realizar disparos de destrucción, previa autorización del Comandante de las Fuerzas Armadas.