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El proyecto de ley modifica los artículos 2, 5 y 7 de la Ley 5400/2015 “De Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Paraguayo”. Figura en el cuarto punto del orden del día y fue presentado por colorados y opositores.
El proyecto de ley faculta a la Fuerza Aérea a derribar las aeronaves que se desplazan dentro del territorio paraguayo en forma irregular, y que son altamente sospechadas de pertenecer al ámbito del tráfico de drogas.
Diputados cartistas y opositores buscan ampliar la Ley 5400/2015 que plantea que agotados todos los medios coercitivos legalmente previstos en la normativa nacional e internacional y siendo la aeronave clasificada como hostil, queda expuesta a medidas de destrucción o derribo, únicamente luego de la autorización del comandante de la Fuerza Aérea o de la autoridad por él delegada.
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El proyecto menciona además que la Fuerza Aérea deberá establecer un mecanismo adecuado para el registro de las autorizaciones emanadas, para la destrucción o derribo de aeronave.
En el 7º artículo agregan que de persistir la situación o siendo la aeronave infractora clasificada como hostil, o en razón de autodefensa, en caso de que la aeronave interceptada responda con disparo de arma de fuego, el piloto interceptor podrá realizar disparos de destrucción, previa autorización del comandante de la Fuerza Aérea o de la autoridad por él delegada.