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Hugo Richer, senador del Frente Guasu, afirmó que con la modificación de la ley de vacunas, que permitió la compra de biológicos antiCOVID, los laboratorios multinacionales se apoderaron de la voluntad de los Estados e impusieron condiciones desproporcionadas. “Creo que la decisión soberana de los Estados ha sido absolutamente secuestrada, pisoteada. Quedamos a merced de las grandes multinacionales de las vacunas”, aseveró.
El legislador reconoció la eficacia de las vacunas para evitar casos graves de la enfermedad; sin embargo, cuestionó las condiciones impuestas para la compra, como el secreto del precio y la sanciones a los países que incumplan sus condiciones. “Podemos disentir con las vacunas, pero las condiciones que han impuesto no se justifican”, acotó.
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Igualmente, manifestó que se debe analizar la posibilidad de derogar las modificaciones hechas a la ley, principalmente para salvaguardar los intereses del país. “Hay que empezar a trabajar en la posibilidad real que se derogue ese tipo de ley, y es una decisión política. Realmente me parece una aberración haber dado una protección legislativa a los intereses que tienen las multinacionales sobre este tema”, insistió.
También manifestó que haber aceptado las condiciones impuestas por las multinacionales para la adquisición de biológicos fue humillante. “Es indigno que los Estados, en situación de democracia y en Estado de Derecho, hayan accedido a bajarse los pantalones ante los intereses de las multinacionales”, aseveró.
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Según el abogado Ezequiel Santagada, en la Ley Nº 6.727, que modifica los artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 6.707/2021, “Que declara bien público la investigación, desarrollo, fabricación y adquisición para la distribución gratuita a la población de las vacunas contra el COVID-19″, existen cláusulas leoninas que “contemplen renuncia de la inmunidad soberana del Estado paraguayo en los contratos de adquisición de vacunas contra el COVID-19, celebrados con entidades que tengan sede en el exterior”.
También indicó que en dichas modificaciones establecen actos de confidencialidad parcial o total, constituyéndose estos procesos en información pública reservada, y que el Poder Ejecutivo podrá restringir información y determinar el tipo de información secreta.