Médico Nicora omitió realizar estudios deliberadamente, según acusación

La magistrada Sonia Deleón presentó acusación y pedido de juicio oral para el Dr. Aurelio Espínola Caballero, por la muerte de su esposo, el exdiputado liberal Fernando Nicora. La acusación afirma que el galeno omitió deliberadamente realizar estudios para determinar si tenía o no covid.

La carmarista Sonia Deleón, acompañada de su abogado Nelson López Ruiz, durante la presentación de la querella por la muerte de su esposo Fernando Nicora.
La carmarista Sonia Deleón, acompañada de su abogado Nelson López Ruiz, durante la presentación de la querella por la muerte de su esposo Fernando Nicora.ARCENIO ACUÑA

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La acusación por homicidio doloso presentada por el abogado querellante Nelson López Ruiz, relata el calvario que se inició el 19 de agosto del 2020, cuando Fernando Nicora acudió al Dr. Aurelio Espínola tras presentar los primeros síntomas de la enfermedad, tales como fiebre alta y malestar general.

Recientemente, el fiscal Giovanni Grisetti acusó u pidió juicio oral y público contra el propietario de la Clínica La Veró, donde el exparlamentario estuvo internado antes de morir de covid-19.

De acuerdo con el relato de la querella, Nicora fue internado el 20 de agosto en la Clínica La Veró -ubicada en Herrera casi Estados Unidos- y pese a los reiterados pedidos de su esposa, el acusado deliberadamente omitió realizar análisis y estudios necesarios para confirmar o descartar covid-19 porque a su criterio, era una infección bacterial.

Ante el empeoramiento del cuadro de Nicora, su esposa se vio obligada a providenciar su traslado por sus propios medios al sanatorio La Costa, donde el paciente ingresó el 22 de agosto pero su grave estado derivó en su fallecimiento horas después. La querella sostiene que la conducta del acusado raya al dolo eventual y que su conducta hizo que perdieran tiempo valioso que pudo salvar la vida de su esposo, afirma Deleón.

A continuación, transcribimos parte de los principales argumentos de la acusación presentada por la querella.

“El hecho de que omitió el cumplimiento del protocolo sanitario aprobado por el Ministerio de Salud que obligaba a realizar los estudios de rigor para detectar la presencia del covid-19, constituye una omisión que no se puede justificar de ningún modo, aún sin estar en pandemia. Esta omisión lo condujo a un diagnóstico erróneo que se basó en la mera observación, así como la tardía decisión de derivarlo a un sanatorio de alta complejidad y especializado, que fueron claves para el agravamiento de la enfermedad y que terminó causándole la muerte a Fernando Nicora López Moreira, que de habérsele diagnosticado correctamente y en forma temprana, su chance de sobrevivir a la enfermedad estaba intacta, como muchas personas de edad más avanzada y con patologías de base complejas lo lograron”.

“A su conducta ilícita omisiva se suma su conducta ilícita activa consistente en la decisión injustificada de no derivarlo a un especialista neumólogo y de internarlo en la clínica de su propiedad, que no cuenta con habilitación para internación ni equipamiento para atención a situaciones de salud de alta complejidad con el sólo fin de lucro”.

“Aurelio Espínola Caballero, quien siendo un neurocirujano carente de la experticia requerida, no derivó a un especialista neumólogo al paciente que presentaba una patología grave de esa especialidad médica, por el contrario, dispuso su internación en su propia clínica la cual no se encontraba habilitada para hospitalización y dejando como médico de guardia para su atención a un odontólogo. Tampoco realizó los análisis clínicos y estudios laboratoriales correspondientes para un diagnóstico correcto y oportuno, no respetó el protocolo obligatorio de tener el consentimiento expreso del paciente o un familiar del tratamiento que decidió aplicar, tampoco respetó las indicaciones y requisitos de rigor a fin de la transfusión de plasma en sangre que son 28 días luego de su recuperación del covi 19, ni se aseguró de contar con estudios que le autorizaron a ser donante de plasma sanguíneo (...)”

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