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El informe de la administración fiscal menciona que mañana vence el plazo para los contribuyentes del impuesto a la renta empresarial (IRE) correspondiente al régimen simplificado para pequeñas empresas (Resimple).
A su vez, en marzo venidero vence el IRE correspondiente al régimen simplificado para medianas empresas (Simple) y en abril el IRE-General (mes de cierre diciembre), éstos últimos conforme a lo establecido en el calendario perpetuo.
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En cuanto al impuesto a la renta personal (IRP), tanto en renta de servicios personales como rentas y ganancias de capital, el vencimiento está fijado para marzo, también de acuerdo con el calendario perpetuo.
La SET señala que en lo que respecta al impuesto a los dividendos y las utilidades (IDU)-Declaración Proforma, el vencimiento es hasta el décimo segundo día corrido del mes siguiente del periodo fiscal informado.
Además, el vencimiento para el impuesto a la renta de no residentes (INR)-Declaración Proforma, queda establecido hasta el sexto día corrido del mes siguiente del periodo fiscal informado, dice la nota.