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El viceministro de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, Marco Elizeche, adelantó este lunes a ABC que el referido plan está a consideración de la Presidencia para su aprobación y que el decreto sería emitido en el transcurso de la semana para su implementación.
El plan financiero, según la definición de Hacienda, es la programación presupuestaria mensual del presupuesto público, el cual servirá de referencia para la ejecución de los distintos programas de los organismos y entidades del Estado (OEE).
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La normativa generalmente contiene toda la información cuantitativa de cada organismo y entidades del Estado y constituye una herramienta para analizar la viabilidad económica y financiera de los programas presupuestarios.
A través del referido plan, Hacienda alinea los gastos a la estimación de ingresos, principalmente en lo que hace a la recaudación de impuestos o recursos del Tesoro, de tal modo a mantener la ejecución del presupuesto dentro del tope del déficit fiscal establecido, que para este año es del 3% del PIB.
El decreto generalmente incluye el plan financiero institucional de ingresos, el plan financiero institucional de gastos, la distribución de royalties a municipios y la distribución de recursos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide) a municipios, en ambos casos monto globales estimativos.
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El año pasado se había establecido un tope del 70% para los gastos no prioritarios, pero para el presente ejercicio se estima que se habilitará la ejecución del 100% del presupuesto, exceptuando algunos casos referentes a préstamos e ingresos estimados que fueron aumentados por el Congreso.
Hacienda, sin embargo, hará una revisión constante de la evolución de la recaudación para determinar si aplica o no topes en los siguientes meses, teniendo en cuenta que se prevé una desaceleración de la economía debido a la sequía que afectó al sector agrícola y esto, a su vez, podría reducir los ingresos tributarios.
Congreso y Poder Judicial están exceptuados
El plan financiero, sin embargo, solo rige para las entidades públicas dependientes del Poder Ejecutivo, ya que el Poder Legislativo y el Poder Judicial están exceptuados con el argumento de que tienen autonomía en el manejo de sus respectivos presupuestos.
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Los organismos de la Justicia y el Congreso también están exceptuados del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 1626/2000, de la función pública; y en la Ley N° 6622/2020, que establece medidas de racionalización del gasto público, por lo que podrán realizar nombramientos de funcionarios, contrataciones de personal y promociones de cargos sin necesidad de concursos públicos.
Elizeche también informó que el ministro Óscar Llamosas retomó en la fecha sus funciones, tras tomarse unas vacaciones de poco más de una semana, tiempo durante el cual el viceministro se desempeñó como ministro sustituto.