Cargando...
Bajo patrocinio de los abogados Mario Elizeche Baudo y Luis Olmedo Ortiz, el condenado a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa Ramón González Daher planteó una acción de inconstitucionalidad contra el Auto Interlocutorio N° 137 del 21 de enero pasado y su respectiva aclaratoria, el A.I N° 138 del 28 de enero, dictados por el Tribunal de Apelación Penal de feria de Central.
Lea más: Escrachado y sin opción, González Daher guarda prisión domiciliaria
Mediante dichos fallos los camaristas Elodia Almirón, Ramona Martínez y Eugenia Quiñónez habían revocado la libertad ambulatoria dictada por el juez Enrique Sanabria y dispuso el arresto domiciliario de Ramón González Daher, en el proceso que afronta por presunta denuncia falsa, con una fianza real de G. 250 millones.
Como medida cautelar de urgencia, la defensa solicita que la Sala Constitucional decrete la suspensión del arresto domiciliario de RGD, hasta tanto se resuelva la acción de inconstitucionalidad planteada contra los fallos de la Cámara de Apelaciones.
Argumentos de la acción
El accionante ataca de inconstitucional ambos fallos del tribunal de alzada, alegando que “reúne todos los requisitos para ser beneficiado con la libertad ambulatoria”, teniendo en cuenta que el presente proceso penal es por el supuesto hecho de denuncia falsa, que es considerado un delito, y que no existen ni peligro de fuga ni peligro de obstrucción a la investigación.
Agrega que por imperio constitucional y legal Ramón González Daher no puede ser privado de su libertad, atendiendo que es una persona de 70 años de edad, y porque además la Constitución Nacional establece como un derecho procesal la presunción de inocencia del procesado.
La defensa también argumenta que los fallos impugnados violan lo establecido en el artículo 259 numeral 1, concordante con el artículo 10, ambos del Código Procesal Penal, porque convierten el arresto domiciliario en una sentencia anticipada.
Resalta que lo más grave es que ambos fallos violan el principio de legalidad consagrado en el artículo 256 de la Constitución Nacional, el cual exige que las resoluciones judiciales estén fundadas en la Carta Magna y en las leyes.
Lea más: Condena ejemplar a Ramón González Daher por corrupción
“La inconstitucionalidad del fallo es por haber violado también los Arts. 11, 17, 46, y 47 de la Constitución Nacional al habérseme brindado un trato desigual y discriminatorio con relación a otros casos similares, en los cuales SÍ se han respetado y se ha hecho cumplir a rajatabla lo que establece la Constitución y las leyes de la República”, fundamenta asimismo el accionante.
Por su parte los abogados defensores señalan que la imputación presentada por la fiscal Sandra Ledesma “adolece de gruesos errores de fondo y forma”, que en su momento ameritarán el sobreseimiento definitivo del procesado, por la inexistencia de hecho punible que se investiga.
Esta causa es por denuncia falsa, ya que Ramón González Daher denunció como parte de su presunto mecanismo de apriete judicial a Salvador Dionisio Aquino, que luego de que se desestimara la denuncia en su contra, respondió con esta querella contra González Daher.