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Tras admitir la imputación presentada por la fiscala Natalia Fuster, la magistrada Cynthia Lovera convocó a Danny Durand a presentarse en una audiencia de imposición de medidas a realizarse el próximo martes 15, a las 08:45. La agente fiscal solicitó medidas alternativas a la prisión para el exministro del MUVH.
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El juzgado fijó para el 4 de agosto próximo la fecha para que el Ministerio Público presente requerimiento conclusivo.
El hecho punible de declaración falsa está previsto en el artículo 243 del Código Penal, que dice textualmente lo siguiente: “Declaración falsa 1º El que presentara una declaración jurada falsa ante un ente facultado para recibirla o invocando tal declaración, formulara una declaración falsa, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años. 2º El que actuara culposamente respecto a la falsedad, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un (1) año o con multa”.
Uno de los principales puntos que tuvo en cuenta el Ministerio Público para imputar al exministro tiene que ver con un inmueble en la ciudad de Ypacaraí, pues Dany Durand había declarado la adquisición, en el año 1994.
Sin embargo, la propiedad se encuentra identificada dentro del inventario de bienes, como activo dentro del Juicio de MOCIPAR PROPIEDADES S.A s/ Quiebra, empresa que fue declarada judicialmente en quiebra.
Sobre esta supuesta adquisición del inmueble, Durand anexó una copia autenticada por escribanía de un contrato privado de compra venta de inmueble, sin certificación de firmas, celebrado el 6 de abril de 2018, entre MOCIPAR PROPIEDADES S.A, por valor de G. 1.030 millones, dinero que abonaría mensual y consecutivamente finalizando el pago en diciembre año 2019.
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Se encontró que, por una parte, la supuesta compra-venta no se habría realizado en el año 1994, sino en el año 2018.
Esto conforme al contrato privado sin certificación de firmas, y que no se habría consignado en la declaración jurada que el pago total de la compra venta, aún no había sido cancelada. Esta misma circunstancia fue declarada nuevamente por el exministro, en noviembre de 2019, al momento de rectificar su Declaración Jurada.
Entre otras situaciones llamativas, aparece, la del 4 de noviembre de 2020. En esa ocasión, Maximiliano Campana promueve ante el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la capital, una demanda ordinaria por obligación de hacer escritura pública contra Mocipar Propiedades S.A. en quiebra.
El motivo fue porque el 10 de mayo de 2019, había celebrado un contrato de compra venta de inmueble con Dany Durand Espínola. En ese acuerdo, había adquirido un inmueble en Ypacaraí, por valor de G. 1.000 millones, y que el monto establecido en el contrato a la fecha ya se encontraba totalmente pagado.
En su escrito de demanda, Campana sostiene que el inmueble, a su vez fue adquirido por Durand el 6 de abril de 2018, por compra hecha a Mocipar Propiedades S.A., mencionando además que señalaba al juzgado que la firma demandada vendió el inmueble, objeto de la demanda, dos años antes de la declaración de quiebra.
Otro aspecto considerado por la Fiscalía tiene relación con uno de los cuatro vehículos declarados como propiedad de Durand. Tres de estos, están inscriptos en la Dirección Nacional del Registro del Automotor a nombre de DURAND PROPIEDADES S.A., y uno de ellos a nombre de MOCIPAR AUTOMOTORES S.A.
El Porche, modelo Boxster, año 1998, en el año 2012, mediante escritura pública, fue vendido y transferido a favor de MOCIPAR AUTOMOTORES S.A. firma que hasta la fecha se encuentra declarada judicialmente en quiebra y que, además, incluyó en su inventario dicho vehículo, existiendo incluso una orden de secuestro sobre el mismo.
Ante estos elementos, la fiscala, detecta que Dany Durand Espínola habría declarado datos que no se ajustarían a la verdad, al registrar a su favor vehículos que no se encuentran inscriptos a su nombre.