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Los técnicos de la entidad adelantaron que se exceptúa de esta regla alas entidades que tienen asignados recursos provenientes del saldo de caja, porque el monto que se sabrá recién el 28 de febrero; el adicional del impuesto al valor agregado (IVA) aprobado por el Congreso a favor de las gobernaciones, que se determinará una vez que se recaude y los préstamos que están en proceso de gestión, cuando sean confirmados.
Hacienda habilitará desde este lunes el sistema para que las instituciones públicas empiecen a cargar los planes que ejecutarán y tendrán una semana de plazo para ello, luego la cartera elaborará el proyecto de decreto para remitirlo a consideración de la Presidencia de la República.
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Los técnicos, sin embargo, dejaron en claro que en el decreto se dará a Hacienda la potestad de revisar el plan financiero en el caso de que existan problemas en la recaudación, ya sea por la sequía o por otro evento que afecte ingresos del Estado. Si esto sucede, indicaron que necesariamente deberán establecer topes para controlar el gastos y mantener dentro del tope de déficit fiscal del 3% autorizado en la ley de presupuesto.
El plan financiero es una herramienta legal que utiliza Hacienda para alinear los gastos a los ingresos disponibles en materia de recursos del tesoro, principalmente impuestos. Afecta a las entidades dependientes del Poder Ejecutivo, pero no así al Poder Legislativo y el Poder Judicial, porque éstos manejan su presupuesto con autonomía.
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El Congreso y el Poder Judicial, incluso, están exceptuados del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 1626/2000, de la función pública; y en la Ley N° 6622/2020, que establece medidas de racionalización del gasto público, por lo que podrán realizar nombramientos de funcionarios, contrataciones de personal y promociones de cargos sin necesidad de concursos públicos.