Caso Isaura Sánches: pruebas fueron obtenidas de forma ilegal

El abogado Édgar Arias, defensor de Isaura Sánches Freitas, accedió a la carpeta investigativa de la Policía Federal brasileña y aseguró que su defendida ni siquiera fue investigada y probablemente las autoridades paraguayas optaron por detenerla al no poder dar con el paradero de su concubino, que -según los investigadores- sería el contador de una organización criminal. Señala además que las pruebas fueron obtenidas por medio de “pinchazos” de teléfonos que no fueron autorizados por el juez.

Copia del oficio enviado por el juez federal a las operadoras de telefonía para monitorear los celulares de los sospechosos.
Copia del oficio enviado por el juez federal a las operadoras de telefonía para monitorear los celulares de los sospechosos.

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“En la lista de teléfonos que debían ser monitoreados por la Policía Federal no figura el teléfono de mi defendida”, dijo el abogado. “No existe ninguna autorización judicial para que sus conversaciones sean monitoreadas. En los oficios librados por el juez Dalton Igor Kita Conrado a todas las operadoras de telefonía del Brasil figuran varios números de IMEI, pero ninguno corresponde al del celular de la señora Sánches”, agregó.

El monitoreo se hizo a pesar de que los oficios prohibían la interceptación de otros números que no estén discriminados expresamente.

“La supuesta prueba que dice tener la Fiscalía fue obtenida de forma ilegal y por lo tanto carece de validez”, dijo.

Explicó además que el Ministerio Público pretende sostener que Isaura Sánches formaba parte de la supuesta organización criminal mediante una conversación entre ella y su concubino en que la mujer le pedía que pague una factura de ANDE, a lo que el concubino le respondió pidiéndole que le envíe una foto de la factura.

Dijo que el Poder Judicial no puede avalar una prueba obtenida sin autorización judicial.

Isaura Sánches Freitas fue detenida en Pedro Juan Caballero en octubre de 2020 e imputada por narcotráfico, según lo dispuesto en los artículos 42 y 44 de la Ley 1.340/88, y se encuentra recluida en la Penitenciaría Regional de Encarnación.

Su defensa había solicitado arresto domiciliario para seguir su tratamiento médico por problemas cardíacos luego de que una junta médica concluyera que debía realizarse fuera del penal. Sin embargo, la jueza penal de garantías Lici Teresita Sánches resolvió que la procesada siga su tratamiento estando privada de su libertad.

La defensa apeló dicha decisión y la Cámara de Alzada integrada por Arnulfo Arias Maldonado, Gustavo Adolfo Ocampos González y Bibiana Benítez Faría rechazó el pedido alegando que hay peligro de fuga, pese a que la mujer presentó un inmueble como garantía de su sometimiento a la Justicia.

Luego de conocer la decisión de la Cámara, la mujer denunció a los camaristas por mal desempeño de funciones ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

“Esto es aberración jurídica, mi defendida es una madre de 3 hijos menores, dos de ellos son paraguayos, de 5 y 7 años, no sé de dónde sacan que existe peligro de fuga”, dijo y finalizó afirmando que es una abierta persecución en contra de su defendida.

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