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El viceministro de Tributación, Óscar Orué, reiteró este miércoles a ABC que están en contra del referido proyecto de ley, que se pretende reflotar en la Cámara de Senadores para su aprobación a pedido de las cámaras de comercio de las ciudades de frontera.
La SET ya había emitido un dictamen en diciembre de 2020 a pedido de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Cámara de Senadores, lo que fue ratificado el año pasado en las reuniones llevadas a cabo con los parlamentarios para analizar el tema.
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En el documento la administración tributaria considera inviable el proyecto impulsado por los comerciantes de Ciudad del Este con el argumento de devolver la competitividad a los productos comercializados en zona fronteriza con el Brasil, lo que es rechazado por los principales gremios de la capital, entre ellos la Unión Industrial Paraguaya (UIP).
Orué, en ese sentido, expuso nuevamente parte de este dictamen ratificando que las medidas tributarias adoptadas por el Gobierno Nacional a la fecha se encuentran alineadas a las políticas fiscales más convenientes para el sector, motivo por el cual la administración tributaria no encuentra viable la propuesta legislativa, teniendo en cuenta además que la misma podría repercutir de forma negativa en los compromisos internacionales asumidos.
Vulnera principio de legalidad
En el análisis de la SET se advierte que los bienes sujetos a este régimen no estarán alcanzados por el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que vulnera los principios de legalidad, libre concurrencia y de igualdad tributaria.
Además, sobre las empresas habilitadas la propuesta impide y restringe la libre competencia y el régimen de igualdad de oportunidades para las personas que se dedican a este tipo de comercio.
En cuanto a los controles, la SET indica que en resumidas cuentas omiten la vigencia de la implementación gradual del Sistema Integrado de Facturación Electrónica establecido a través del artículo 18 del Decreto N° 7795/2017; la obligación de llevar la contabilidad ya se encuentra vigente para los contribuyentes que la Ley N° 6380/2019 señala; la reglamentación del Régimen de Turismo ya establece que en las operaciones de ventas realizadas por el contribuyente RT deberá estar respaldada con arreglo al artículo 6º del Decreto Nº 1931/2019.
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También alerta sobre los tributos a ser aplicados al régimen especial, ya que hace mención únicamente al valor CIF (Cost Insurance and Freight o Costo, seguro y flete), sin tener en cuenta los otros valores; igualmente en lo que respecta a la suspensión y revocación de la habilitación, comiso de mercaderías, tiene una falta de precisión porque menciona que los bienes que se encuentren en locales fiscalizados sin cumplir las “formalidades establecidas en esta ley” serán objeto de comiso, pero dichas formalidades no se hallan previstas en el proyecto.
Asimismo, carece de precisión al definir la figura de contrabando, ya que no aclara a qué normativa pertenece el artículo 11. “Ahora, lo proyectado en el artículo 11 del proyecto cuyo análisis nos ocupa, lleva como acápite Prohibición de venta en el mercado nacional, que difiere de las anteriores versiones que versaban sobre la creación de un Tributo Especial a Residentes (TER), por lo que ante este nuevo texto, el análisis debería enfocarse en la nacionalización de las mercaderías, es decir, del pago de los impuestos que correspondan al momento de la importación”, añade la SET.
Dependencia de relación real-dólar
La administración fiscal expresa que se entiende que el comercio de frontera fue uno de los primeros sectores afectados por la propagación del coronavirus en el mundo y en la región, el cual desde el 2019 arrastra una delicada situación debido a la devaluación de las monedas regionales respecto al dólar americano que, como resultado, disminuye el ritmo de ventas, lo cual empeoró con el cierre de fronteras a inicios de las medidas adoptadas en el marco de la pandemia del covid-19.
En esa línea, agrega el análisis, pasamos a mencionar a modo de ejemplo que, ante la fuerte devaluación del real brasileño frente al dólar americano, se tuvo como consecuencia la menor afluencia de compradores brasileños en el lado paraguayo, debido a que la capacidad de adquisición de brasileños se vio sumamente reducida.
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“Contrariamente a lo que exponen los proyectistas en la motivación del proyecto donde sustentan que el régimen propuesto será el instrumento sobre la cual se establecerá la competitividad de precios en el comercio de frontera, cabe remarcar conforme a lo señalado en el párrafo anterior que el aumento del movimiento comercial de las fronteras tiene dependencia total de la relación real-dólar, no de los tributos que se perciben al ingresar las mercaderías, los cuales actualmente son ínfimos con relación a otros países de la región”, se afirma en el documento.
Podría contribuir al contrabando
Igualmente, sostiene que nos encontramos con el hecho de que los precios de los productos de los países vecinos bajaron considerablemente, lo cual podría contribuir al ingreso de mercaderías a través del contrabando, y este escenario categóricamente afectaría a la recaudación de impuestos y a la importación formal.
“Existen numerosos beneficios ya otorgados a este sector empresarial en particular para contrarrestar el perjuicio económico que atraviesan, por lo que esta propuesta legislativa no solucionará el problema comercial en fronteras; al contrario, perjudicará al fisco”, dice en forma categórica.
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Además, reiteramos que ante la baja considerable de los precios de los países vecinos, nos encontramos con el riesgo de disminuir la recaudación en caso de que se manifieste el contrabando de mercaderías, insiste.
“Sostenemos que los tributos aplicados en el Régimen de Turismo no son problemas para el sector, pues bajo las condiciones actuales de la economía de los países fronterizos, el nivel comercial seguirá de la misma forma, incluso cuando el comercio de frontera vuelva a rehabilitarse, puesto que habrá menos volumen de compra y compradores debido a la devaluación de las monedas de los vecinos países”, señala el análisis de la SET.