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La cartera dio a conocer ayer un informe en donde resume las disposiciones establecidas en el Decreto N° 6.581 que reglamenta la Ley N° 6.873 de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2022 y destaca que constituye una herramienta normativa que refuerza las políticas de administración presupuestaria y financiera, racionalidad, control de gasto público y rendición de cuentas.
Explica que el referido decreto del Poder Ejecutivo mantiene las medidas de austeridad fiscal, como restricciones a los aumentos salariales, tanto para el personal permanente como para contratados, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos respectivos conforme a lo establecido en las disposiciones legales, en particular para el caso de los funcionarios permanentes.
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Hacienda señala que la aplicación de los concursos respectivos en los procesos de nombramiento, deberán realizarse conforme a lo establecido en la Ley 1626/2000 de la Función Pública. Sin embargo, aclara que por decisión de los parlamentarios el Poder Legislativo y el Poder Judicial están exceptuados en relación a nuevos nombramientos, promociones y nuevas contrataciones del personal, autorización para desprecarización laboral.
La excepción salió a luz el año pasado durante el estudio del proyecto de ley de presupuesto 2022 en el Congreso y su posterior aprobación, ya que no solo se excluyen de la ley de la función pública, sino también de la Ley N° 6622/2020, que establece medidas de racionalización del gasto público.
Lo que disponen las leyes
La ley de la función pública dispone, entre otros puntos, que el sistema de selección para el ingreso y promoción en la función pública será el de concurso público de oposición. En tanto, la ley racionalización del gasto público, entre otros, prohíbe designar a un pariente dentro del cuarto grado consanguineidad y segundo de afinidad, excepto a través de concursos públicos de oposición; así también limita la incorporación de hasta 3 asesores, que cesarán en sus funciones una vez que la autoridad que los incorporó cesa en sus funciones.
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El Ejecutivo no vetó la disposición, sino que lo promulgó íntegramente a inicios de este primer mes del año tal cual fue sancionado por los legisladores, en un año electoral en donde los impuestos pagados por los ciudadanos nuevamente serán utilizados discrecionalmente para las campañas políticas.
Hacienda en su informe también menciona que el Legislativo está igualmente exceptuado de lo relacionado a los servicios de internet. Aunque no da detalles sobre este punto, el artículo 279 de la ley de presupuesto establece que “para la provisión del servicio de internet, el Poder Legislativo queda facultado a contratar con empresas públicas o privadas, que tengan la capacidad de satisfacer las necesidades institucionales”.