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A través del Decreto N° 6581 se reglamenta la Ley N° 6872 de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2022, a fin de contar con las normas y procedimientos requeridos para el proceso de ejecución de los gastos establecidos.
En el considerando, la Presidencia señala que la presente reglamentación permitirá contar con normas y procedimientos requeridos para el proceso de ejecución del presupuesto, dentro del marco del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), con la implementación del plan financiero vinculado a los procesos de contrataciones públicas, ejecución, modificaciones presupuestarias, control y evaluación del cumplimiento de los objetivos, metas y resultados esperados de los programas y proyecto del PGN 2022 y cierre del ejercicio fiscal.
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Además, añade, que las normas y procedimientos dentro del Sistema del Tesoro Público, necesarios para asumir compromisos conforme a la asignación del plan de caja; reglamentaciones en el sistema de crédito y deuda pública, sistema de inversión pública, sistema de contabilidad pública y de las jubilaciones y pensiones, de conformidad a las disposiciones de los artículos, anexos, formularios e instructivos que forman parte de este decreto.
Medidas que tendrán continuidad
Hacienda había adelantado que el PGN vigente, así como su reglamentación, da continuidad a la política de contención del gasto y establece una serie de pautas o medidas de racionalización, que las instituciones públicas deberán publicar una vez adoptadas.
Entre las medidas se señalaron a los servicios básicos, viáticos y combustibles, uso de la telefonía fija y celular, adquisición y uso racional de vehículos automotores, pasajes aéreos internacionales para el traslado de los funcionarios: clase económica para el personal y clase ejecutiva para los presidentes y vicepresidentes de los Poderes del Estado.
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También que las remuneraciones extraordinarias y adicionales solo serán abonadas sobre la base de servicios necesarios, debidamente fundamentados y justificados a ser realizados fuera del horario ordinario y que las entidades deberán regular la aplicación de este artículo en base a la reglamentación de la presente ley.
Salarios, jubilaciones y pensiones
En cuanto al salario, mediante el Decreto N° 6582, se autoriza al Tesoro Público a pagar los sueldos del personal de la administración pública y de jubilaciones y pensiones, correspondientes al mes de enero.
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Hacienda ya anunció que esta tarde cobran los veteranos de la Guerra del Chaco y los jubilados de la Caja Fiscal, en tanto que los adultos mayores percibirán la pensión el próximo lunes 31. Con respecto a los sueldos, se maneja extraoficialmente que empezará a abonarse desde mañana.