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Funcionarios del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible realizaron el recorrido y verificaron toda la cuenca del río Tebicuary, e intervinieron una plantación de arroz por extracción ilegal de agua del arroyo Pikyry. Se tuvo conocimiento del hecho a través de la denuncia realizada por el intendente Brizuela, quien acompañó a la comitiva junto con integrantes de la Junta Municipal.
Durante el procedimiento se constató la existencia de dos bombas de extracción de agua en pleno funcionamiento, también se observó la canalización del sistema de humedales del mencionado arroyo hacia las plantaciones de arroz. Desde el Mades indicaron que en el momento del procedimiento los fiscalizadores no encontraron ninguna documentación expedida por el ente ambiental, es decir no se tenía la Declaración de Impacto Ambiental.
Se dio aviso en hora de la mañana a la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales a cargo de la fiscala Teresa Martínez, pero se hicieron presentes recién cerca de las 13:00 con una orden de allanamiento. Se ingresó al lugar, pero las bombas de extracción de agua ya no estaban, es decir los arroceros escondieron las evidencias de su delito ambiental.
El Mades no tiene poder coercitivo y no puede ordenar el retiro de las bombas para extraer agua. Tal acción es exclusiva responsabilidad del Ministerio Público, explicaron los intervinientes encabezados por el ingeniero Adam Leguizamón.
Funcionarios ambientales cuentan con filmaciones y fotografías de las bombas encontradas en la zona que se puso a disposición de la Fiscalía para proseguir con el proceso en el fuero penal.
“Todo lo actuado será derivado a la Dirección de Asesoría Jurídica de la institución para la apertura de un sumario administrativo, que puede derivar en la aplicación de severas multas”, dijo Leguizamón.
Recordó que la situación del río Tebicuary, sus afluentes y aportantes siguen en estado crítico, por lo que el bombeo de agua por parte de los arroceros está prohibido, debiendo los mismos utilizar única y exclusivamente sus reservorios, tal como expresa la Resolución 511/16 por el cual se regula la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la Cuenca del río Tebicuary sus afluentes y aportantes.