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La denuncia
Los antecedentes del hecho tienen como base lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia en su sesión plenaria del 24 de noviembre de 2021, que ha dictado la Resolución N° 3662 del 26 de noviembre de 2021, en la que ordenó que los jueces de garantías y/o jueces especializados en delitos económicos queden de turno en los juzgados penales de la Adolescencia durante la feria judicial, en razón de la competencia por la materia que los mismos revisten.
El denunciante Salvador Dionisio Aquino Mora refiere que a pesar de que la mencionada disposición emanada por la Corte Suprema ha sido notificada a la camarista miembro del Tribunal de Apelación en lo Penal Dra. María Teresa González de Daniel y a la vez presidenta de la Jurisdicción del Área Central en feria judicial, no fue cumplida por esta magistrada, procediendo a la designación, por solicitud de la jueza penal de garantías del 3° turno en feria de Luque Jennifer Natalia Ynsfrán, a favor del juez de primera instancia en lo civil y comercial en feria judicial de Luque Enrique Sanabria Torres, para que lleve adelante la audiencia de imposición de medidas (Art. 242 CPP) que favoreció a Ramón González Daher, en el proceso penal que enfrenta por denuncia falsa, con la libertad ambulatoria, a pesar de que el Ministerio Público solicitó prisión preventiva ante el peligro de fuga y obstrucción de la investigación.
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Según deja entrever la denuncia presentada ante la Superintendencia de la Corte, la camarista González de Daniel se prestó a la maniobra para nombrar a un juez del fuero civil y comercial, en vez de hacerlo a un juez penal de la Adolescencia.
La denuncia ante la Superintendencia de la Corte fue patrocinada por los abogados Horacio Fialayre y Fritz Werner Schubeius el Puerto.
Poder de disciplina
El denunciante también recuerda en su denuncia la vigencia del Art. 232 del Código de Organización Judicial (COJ) que refiere que la Corte Suprema de Justicia ejerce la Superintendencia y potestad disciplinaria sobre todos los tribunales, juzgados y demás oficinas del Poder Judicial.
En igual sentido el Art. 232 del COJ también obliga a la Corte Suprema a sancionar los actos ofensivos al decoro de la Administración de Justicia, la desobediencia de sus mandatos y la negligencia en el cumplimiento de sus deberes de los miembros de los tribunales, jueces, defensores y empleados subalternos, imponiendo medidas disciplinarias que podrán consistir en amonestaciones o apercibimientos, en multas hasta 30 jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas en la capital, o suspensión temporaria que no exceda de un mes.
El “juez amigo”
El pasado viernes 14 de enero, el juez en lo civil y comercial Enrique Sanabria Torres favoreció con la libertad ambulatoria a Ramón González Daher, imputado por denuncia falsa por la fiscala Sandra Ledesma, quien apeló dicha decisión.
El juzgado penal de garantías Nº 1 de Luque corresponde oficialmente a la magistrada Jennifer Ynsfrán, quien sugestivamente pidió permiso el día que se entregó Ramón González Daher, por lo que asumió en su reemplazo el juez Sanabria Torres, algo presuntamente irregular, ya que el caso debió pasar a otro juez en lo penal, como ya se mencionara en la denuncia.
Tanto Ynsfrán como Sanabria Torres están salpicados por sospechas de presuntos vínculos con González Daher.
Sobre el juez Sanabria Torres se denunció públicamente que fue deudor del “prestamista” González Daher, por lo que debió, mínimamente, inhibirse de su caso.