Fiscal que investigó a esposa de OGD, absuelto por el JEM, pide cobrar por gastos de representación

El fiscal Angel Ramírez Fleitas insiste ante la Corte para percibir por “gastos de representación”, que el Tribunal de Cuentas le negó, en una resolución contradictoria a otro caso similar. Ramírez no percibió este beneficio por estar suspendido por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), del que luego fue absuelto. La suspensión fue por venganza, por investigar a esposa de Óscar González Daher (fallecido).

Ángel Ramírez Fleitas, fiscal.
Ángel Ramírez Fleitas, fiscal.

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Los antecedentes del caso

El fiscal Ángel Ramírez en su apelación ante la Sala Penal de la Corte explica que por Auto Interlocutorio (AI) N° 50 del 2 de mayo de 2017, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) solicitó a la Corte Suprema de Justicia la suspensión preventiva de funciones en su cargo como agente fiscal de la Unidad Penal N° 9, de la capital. La Corte por Resolución N° 6765 del 16 de mayo de 2017 hizo lugar al pedido de suspensión solicitada por el Jurado.

Ramírez investigó a la esposa del exlegislador colorado Oscar González Daher, la escribana Nélida Chaves, pero la suspensión del agente fiscal en el Jurado fue en la causa “Aristides Morales s/ estafa”, pero este caso fue utilizado por el exsenador fallecido como vendetta para enjuiciarlo por supuesto mal desempeño de funciones.

Posteriormente, la Corte Suprema por Resolución N° 6765 del 20 de febrero de 2018 decidió “levantar la suspensión del agente fiscal Ramírez”. Posteriormente, el 6 de marzo de 2018, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) dictó la Resolución N°8/2018 por la que “absolvió al agente fiscal Ángel Ramírez, en el presente enjuiciamiento por no haberse probado la causal de mal desempeño de funciones”.

“Una vez firme la mencionada resolución, he solicitado a la Fiscalía General del Estado a través de la Nota del 15 de marzo de 2018, el pago de sumas de dinero correspondientes a antigüedad, título de grado y gastos de representación, obteniendo el cobro de los dos primeros conceptos, y no así de los gastos de representación. Como respuesta final, la Fiscalía General del Estado a través de la Resolución N° 6772 del 30 de diciembre de 2019 resolvió: ‘rechazar el pedido formulado por el agente fiscal Ángel Ramírez con exordio de la presente resolución’”, refiere la apelación ante la Sala Penal.

Anteriormente, los integrantes del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, en lo Contencioso Administrativo, con el voto en primera opinión del camarista Arsenio Coronel, resolvieron por medio del Acuerdo y Sentencia N° 29 de febrero de 2021 no hacer lugar a la demanda promovida por Ramírez en procura del cobro del concepto de gastos de representación, y así confirmaron la Resolución N° 6772 del 30 de diciembre de 2019, dictada por la Fiscalía General del Estado y le impusieron las costas al fiscal.

Contradicción del Tribunal de Cuentas

El voto del camarista Arsenio Coronel (primer opinante), del cual se adhieren los otros magistrados del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, Rolando Ojeda y Rodrigo Escobar, es diametralmente opuesto a otro voto emitido por el mismo magistrado en la causa “Carmen Osorio Sanabria c/ Resolución N° 1048 de fecha 22/03/13, dictada por el Ministerio Público”, donde emitió el Acuerdo y Sentencia N° 521 del 19 de diciembre de 2013 que favoreció a la entonces fiscala de San Lorenzo.

En el mencionado voto favorable a Osorio, el camarista Coronel en el Acuerdo y Sentencia N° 521 argumentó: “Que, analizando el fondo de la cuestión, es posible apreciar que la actora ha sido injustamente afectada por una resolución arbitraria dictada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, motivo por el cual la misma tuvo que permanecer ausente en el cargo, contra su voluntad, es por ello, que no puede dejarse pasar por alto esta situación, ya que de no haber sido sancionada, seguiría en el cargo para el cual fue nombrada. Lo expuesto brevemente se da a los efectos de aclarar que a la misma le corresponde legalmente el cobro efectivo de la totalidad de sus haberes, por haber sido privada injustamente de los mismos…”.

También en esta misma resolución favorable a Osorio, se ordena el pago de los salarios caídos correspondientes a los rubros de gastos de representación, bonificaciones, gratificaciones y seguro médico, desde la fecha que dejó de percibirlos, hasta la de su efectiva reincorporación, indica la sentencia.

Corte ratificó fallo

Posteriormente, la Sala Penal de la Corte Suprema, integrada con los ministros Sindulfo Blanco, Luis María Benítez Riera y Alicia Pucheta, emitieron el Acuerdo y Sentencia N° 804 del 16 de octubre de 2015, en el que ratificó el fallo del Tribunal de Cuentas por el cual ordenó el pago de salarios caídos, incluidas las bonificaciones y gastos de representación que favoreció a la entonces fiscala Carmen Osorio.

Postura distinta en casos similares

Sin embargo, el camarista Arsenio Coronel, en la resolución que afecta al fiscal Ángel Ramírez, en el Acuerdo y Sentencia N° 29 del 4 de febrero de 2021, al que se adhirieron los camaristas María Celeste Jara Talavera y Edward Vittone Rojas, no hizo lugar a la demanda planteada por el agente del Ministerio Público.

Coronel argumentó: “El gasto de representación y/u otros rubros constituyen emolumentos salariales que el funcionario percibe de forma temporal inherentes al ejercicio efectivo del cargo que desempeña, usufructuado por quien cumple dicha función de jerarquía y responsabilidad; de otra manera, se estaría abonando dicho rubro de manera ilegal aún cuando no se ejerza la función, siendo esta circunstancia insostenible presupuestariamente para las entidades estatales”.

Este cambio de postura del camarista Coronel no ha sido explicada en la resolución que afecta a Ramírez, lo que en doctrina se considera como una grave afectación a la seguridad jurídica.

Gastos de representación no percibido

El fiscal Ángel Ramírez reclama en concepto de gastos de representación G. 32 millones, por los 9 meses que no percibió por este concepto, por estar suspendido en sus funciones por la Corte Suprema, por pedido del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que finalmente lo absolvió del enjuiciamiento.

Sala Penal

Los ministros Manuel de Jesús Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y María Carolina Llanes, como miembros naturales de la Sala Penal, son quienes deben estudiar la apelación del fiscal Ramírez, contra la resolución del Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.

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