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La cartera económica afirma que la Ley N° 6873 de Presupuesto General de la Nación (PGN) vigente da continuidad a la política de contención del gasto y establece una serie de pautas o medidas de racionalización.
Además de los servicios básicos, viáticos y combustibles, incluye la racionalización del uso de la telefonía fija y celular, así como para la adquisición y uso racional de vehículos automotores.
Hacienda adelanta que los organismos y entidades del Estado deberán publicar las medidas de racionalización adoptadas.
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Los pasajes aéreos internacionales para el traslado de los funcionarios y el personal que prestan servicios en los organismos y entidades del Estado deberán ser de clase económica, con la excepción de los presidentes y vicepresidentes de los Poderes del Estado, que podrán viajar en clase ejecutiva.
Menciona igualmente que las remuneraciones extraordinarias y adicionales solo serán abonadas sobre la base de servicios necesarios, debidamente fundamentados y justificados a ser realizados fuera del horario ordinario e indica que las entidades deberán regular la aplicación de este artículo en base a la reglamentación de la presente ley.
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Hacienda añade en su informe que las entidades no podrán adquirir equipos de transporte sin expresa autorización del Equipo Económico Nacional (EEN), conforme a un tope establecido para las mismas. “Quedan exceptuados la adquisición de equipos terrestres no automotores, ambulancias y otros vehículos utilizados para los servicios de salud, de seguridad nacional, de fuerzas públicas y los requeridos para situaciones de emergencia nacional, cualquiera fuera la Fuente de Financiamiento”, expresa.
También se prohíbe la provisión de almuerzo o plato terminado para los funcionarios administrativos, incluyendo los de conducción política. “La utilización de los servicios descriptos en el Objeto de Gasto 284 ‘Servicios de Catering’ será reglamentada por el Ministerio de Hacienda. No podrán suscribirse nuevos contratos hasta tanto sea emitida la reglamentación citada”, dice la nota.
Compra de regalos
La cartera señala que está prohibido para los organismo y entidades del Estado y las sociedades anónimas con participación accionaria mayoritaria del Estado la adquisición de obsequios destinados al personal dependiente de la institución y/o personas extrañas a los mismos, con excepción de los presentes protocolares imputados en el Subgrupo de Objetos de Gastos 280 y los destinados a la promoción comercial. “Los bienes a ser adquiridos deberán ser de procedencia nacional”, añade.
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Lo señalado por Hacienda a través del informe es de alguna manera un adelanto de las medidas que están siendo ajustadas en el proyecto de decreto que reglamenta el PGN 2022, que se estima estaría listo a más tardar el próximo viernes 21 del presente mes.
Las medidas anunciadas son las que se vienen aplicando en los últimos años, pero el poco ahorro que se logra con estos recortes terminan siendo devorados por los servicios personales que, en contrapartida, aumentan cada año y más en los tiempos electorales: suba salarial, creaciones de cargos y contratación de personal.