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El proyecto de ley aprobado, que declara emergencia sanitaria hasta el 30 de junio de 2022 y prolonga la vigencia de las leyes 6707/2020 sobre compra de vacunas y 6742/2021 de cobertura a pacientes hospitalizados con covid-19 en sanatorios privados, reemplaza a la anterior ley de emergencia, cuya vigencia caducó el 31 de diciembre de 2021.
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El Ejecutivo, que elaboró el proyecto presentado por la senadora Lilian Samaniego (ANR-oficialista), pretendía en principio prolongar simplemente la vigencia de la ley anterior, abriendo el camino para que otras instituciones fuera del MSPyBS, intendencias y gobernaciones pudiesen gastar dinero con la excusa del covid, como lo hicieron algunas autoridades actualmente investigadas. Sin embargo, las críticas generalizadas, incluyendo la de algunos senadores motivó que presentaran un nuevo proyecto de ley, autorizando gastos de urgencia solamente para Salud.
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El artículo 1° de la ley aprobada declara la emergencia sanitaria hasta el 30 de junio de 2022. El artículo 2° extiende la vigencia de la ley que habilita al MSPyBS a la adquisición de más vacunas para su distribución gratuita a la población.
En tanto, el artículo 3° también extiende otra ley que dispone la cobertura por parte del Estado para pacientes internados con covid-19 en las terapias intensivas de sanatorios privados.
El artículo 4° habilita a los hospitales públicos a realizar contrataciones hasta el 31 de marzo de 2022, aclarando que es solamente para el reemplazo del personal de salud por renuncias o fallecimientos. Se establece también que los contratos temporales deberán contener el nombre, cargo y funciones del personal reemplazado y su plazo de vigencia. Deberán además estar publicados en el sitio web del MSPyBS..
A propuesta del senador Patrick Kemper (Hagamos), se incluyeron 3 artículos que establecen medidas de control y seguimiento de parte de la Contraloría General de la Republica (CGR) en coordinación con la Secretaría Nacional Anticorrupción.
Finalmente, a propuesta de la senadora Hermelinda Alvarenga (PLRA-independiente) se incluyó otro artículo que autoriza al Instituto de Previsión Social (IPS) a disponer de hasta US$ 20 millones del remanente de los fondos que le proveyó el Ministerio de Hacienda en virtud de la ley 6524/2020 para el pago de compensación por subsidio de Reposo por enfermedad, aislamiento preventivo o compensación por suspensión de actividades laborales.
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El proyecto de ley aprobado, cuyo estudio llevó ayer unas 3 horas de debate será girado a la Cámara de Diputados que está convocada para el próximo martes a una sesión extraordinaria a las 10:00 a tratar el proyecto.