Cargando...
Seitz conversó este jueves con ABC Cardinal sobre el dictamen jurídico que fue dado a conocer ayer y que, a primera vista, parece abrir un camino de “blanqueo” para el despilfarro de dinero que hizo el intendente Óscar “Nenecho” Rodríguez con las compras en plena pandemia del COVID-19.
El director de Contrataciones Públicas aclaró hoy que el sentido del dictamen es que la institución a su cargo no tiene competencia para juzgar la actuación de Rodríguez porque el intendente de Asunción usó un canal ilegal para poder hacer las compras. Esta vía se llama “rubro 800″.
Lea más: “Nenecho” se escudó en rubro 800 para eludir a la DNCP, asevera Seitz
“Es un tema que merece aclaración. Los méritos son solo la falta de competencia de Contrataciones Públicas por la Ley de Presupuesto. La DNCP carece de competencia. No significa que no haya un indicio de irregularidad, como fue detectado por Contraloría. No significa que Contrataciones apruebe las compras hechas”, dijo Seitz.
El titular de Contrataciones afirmó que, al usar Rodríguez el “rubro 800″, violó la ley de Contrataciones Públicas, la 2051, a través de la cual la Municipalidad de Asunción debía hacer esas compras.
¿Y en qué casos se usa el “rubro 800″? Seitz respondió que, de utilizarse de forma correcta, este canal permite la transferencia de dinero a instituciones privadas para diferentes causas, como mejoras edilicias en una comisión vecinal, por ejemplo.
Lea más: Compras covid de Nenecho violaron ley de Contrataciones, afirma CGR
En este caso, sin embargo, Seitz dijo que “Nenecho” usó el “rubro 800″ para hacer compras de insumos, bienes y servicios para la Municipalidad de Asunción, algo ilícito.
“Adecuadamente debe ser usado para transferir recursos financieros para el sector privado, pero no para que la institución pública use a las instituciones privadas para la compra de bienes o servicios u obras para la institución pública”, detalló. Y añadió: “Estamos hablando de un caso en donde no se tenía que usar ese canal para hacerse de servicios y obras. Tenía que haberse usado la Ley 2.051 para la compra de bienes y servicios”.
Lea más: Más de diez contratos “oscuros” en Intendencia
Seitz responsabilizó de la “flojedad” del dictamen a la asesora jurídica de la DNCP, María Eugenia Otazo, y a la jueza instructora Tania Ledesma, con quienes se reunirá, sostuvo.
El documento que dice que “no hay méritos” para seguir con la investigación por parte de Contrataciones está errado, enfatizó Seitz. “El término méritos es un término no adecuado. Al no tener competencia no podemos decir que no hay nada que investigar. Será aclarada esa cuestión”, prometió.
Seitz insistió en que el camino que debe seguirse ahora se dirimirá en el ámbito penal y dijo que no cree que este dictamen sea usado por la Fiscalía para restar causas contra Rodríguez.
“La sanción debe venirse en el ámbito penal. Con el dictamen de Contraloría (otra institución que investiga el caso) se disparan las consecuencias (penales). Ya sabemos que existe un proceso penal dentro de esta causa”, señaló.
Finalmente, Seitz aseguró que Óscar “Nenecho” Rodríguez violó la ley de Contrataciones Públicas, la 2.051, y que las compras hechas con sobrecosto fueron “una mala utilización de recursos públicos”.