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El estudio Jurídico Riera presentó una acción de inconstitucionalidad promovida en contra el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 6380/2019 y contra los artículos 3 y 19 del Decreto 3107/2019. Según denuncian, estos artículos impiden o limitan la deducibilidad del IVA crédito y afecta a la prestación de servicios.
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Primeramente mencionan el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 6380, de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional, que entró en vigencia en 2019. En el apartado se expresa que la deducción del IVA Crédito sólo podrá efectuarse cuando provenga de bienes o servicios que están afectados directa o indistintamente a las operaciones gravadas por el impuesto.
Esta solicitud de inconstitucionalidad también afecta a los Artículos 3 y 19 del Decreto 3107, que fue decretado en el 2019 y en el que se reglamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la LEY 6.380. En el tercero se faculta a la “Administración Tributaria a emitir las reglamentaciones necesarias para la aplicación, administración, percepción y control del impuesto”.
Por otro lado, en Artículo 19 del mismo decreto indica que solo se podrá deducir el IVA a través de la adquisición de bienes o servicios por salud personal, capacitación o especialización que esté relacionada al servicio, servicios de energía eléctrica, provisión de agua, alcantarillado, recolección de residuos o servicios de telecomunicaciones destinados exclusivamente a la prestación del servicio gravado.
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El grupo de Abogados esperan que esta solicitud llegue a conocimiento de la Fiscal General del Estado, Sandra Quiñónez, para la aplicación de inconstitucionalidad.
Con la presente acción buscan como medida preventiva la suspensión de los efectos de las normas cuestionadas, considerando que están vigentes y deben ser aplicadas. Por consiguiente, buscan que oportunamente estas normas sean declaradas inconstitucionales y que, en consecuencia, se disponga la inaplicabilidad.
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El documento fue recepcionado por la Secretaría Judicial de la Corte Suprema de Justicia este martes y el modelo como los argumentos fueron cedidos al Colegio de Abogados del Paraguay para que, desde el gremio, se pueda gestionar mejor el pedido de acción. La cabeza del estudio Jurídico Riera, Manuel Riera, también es el presidente del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP)