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Para realizar el cálculo, la cartera estatal viene aclarando que se debe contabilizar desde el primer día trabajado, esto, independientemente a la fecha en que el trabajador fue ingresado al sistema del seguro social.
Para saber cuánto corresponde recibir en concepto de aguinaldo, el trabajador o empleador debe considerar todo lo percibido durante el año y ese total lo divide en 12.
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En caso de que el trabajador fuera suspendido por varios meses durante la pandemia y recibió el subsidio de IPS, esos meses no entran en el cómputo.
Los trabajadores que están en la informalidad también tienen derecho a exigir y percibir la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario.
De darse un incumplimiento, se insta a denunciar sus las irregularidades. En ese sentido, desde el Ministerio de Trabajo recalcan que la cartera dispone de varios canales para dar a conocer las denuncias. Por ejemplo, se puede llamar a los números (0962) 174 000, (021) 7290100, internos 551, 552 y 553.
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Asimismo, se pueden realizar los reclamos en la sede del Ministerio ubicado en Paraguarí esquina Herrera, o bien, en las oficinas regionales.
En lo que refiere a la calculadora, dicha herramienta funciona las 24 horas. Las empresas que incumplan con el pago respectivo del aguinaldo pueden ser sancionadas con una multa de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado.