Amplían lista de obligados para facturación electrónica

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la resolución General 105/2021 por la cual se disponen medidas administrativas para la emisión de documentos tributarios electrónicos y se designan a contribuyentes como facturadores electrónicos.

En el 2018 arrancó la transición de la facturación electrónica que sustituirá al papel.
En el 2018 arrancó la transición de la facturación electrónica que sustituirá al papel.Archivo, ABC Color

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Con esta nueva disposición, la Administración Tributaria también se establecen las fechas a partir de las cuales deberán emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios. La normativa dispuso primeramente la modificación de las fechas a partir de las cuales los contribuyentes que formaron parte del plan piloto y de la fase de adhesión voluntaria del SIFEN debían emitir únicamente de forma electrónica sus documentos tributarios según resolución general No. 95/2021 siendo la nueva fecha a partir del 1 de julio de 2022, con el objetivo de lograr una implementación sostenible y gradual del SIFEN.

En ese sentido, los contribuyentes individualizados en los grupos 1 al 10, deberán emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios, a excepción del comprobante de retencial virtual, a partir de la fecha en que queden obligados conforme al siguiente calendario. Para acceder al listado de contribuyentes que conforman los grupos y la resolución general 105/2021 se encuentran disponibles en el portal web: www.ekuatia.set.gov.py

Otra de las medidas dispuestas en la resolución 105/2021 es que a partir del 1 de enero de 2024 todas las personas jurídicas que se inscriban como nuevos contribuyentes en el RUC, solamente podrán emitir de forma electrónica todos sus documentos tributarios a excepción del comprobante de retención.

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