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El daño, agrega la noticia, se produjo como consecuencia de las “acciones y omisiones” de la Unión, la Fundación Nacional del Indio (Funai, el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (Incra) e Itaipú Binacional.
En el material de referencia se lee que en la petición, dirigida al presidente del STF, Luiz Fux, el procurador Aras señala que la obra causó daños materiales y morales a los Ava-Guarani (o Ñandéva) en el lado brasileño, específicamente a las comunidades de los territorios Guasu Ocoy-Jacutinga y de Guasu Guavirá.
”Se demostrará que la postura del Estado brasileño (União, Incra, Funai) e Itaipú Binacional de negar y no reconocer la tradicionalidad territorial de los Ava-Guarani en la zona generó flujos migratorios y desplazamientos forzosos con violaciones de sus derechos a la preferencia y al territorio tradicionalmente ocupado”.
Impacto irreversible
Aras también afirma que la construcción de la central hidroeléctrica, realizada entre 1973 y 1982, “impactó de manera irreversible la forma de vida de los Ava-Guarani, ya que los territorios sagrados de la etnia de los Ocoy-Jacutinga o Guasu Guavirá “fueron total o parcialmente parcializados, parcialmente inundados por los embalses”.
Añade que ese “borrado de las huella y existencia de los Ava-Guarani, si bien se inició antes de la construcción de la Usina Hidroeléctrica Itaipú, tuvo su resurgimiento con el proyecto de construcción de la represa, lo que implicó consecuencias irreversibles para la etnia, cuya reparación por parte de los imputados es una medida de la ley que se impone”.
Finalmente, el titular del Ministerio Público Federal (MPF), por precaución, cuantifica la indemnización en 10 millones de reales (US$ 1.749.107,9, según el tipo de cambio vigente ayer en el mercado cambiario regional), aunque el hecho que denuncia tenga “un valor inestimable“.
”Gravísimo etnocidio”
El caso que el procurador brasileño somete a la consideración del STF no se agota en la margen brasileña de río Paraná.
El reciente dictamen de la Plataforma Ética Ciudadana, que se conformó en nuestro país para dictaminar sobre la “deuda espuria” de la entidad binacional y sus responsables, recordaba a la opinión pública paraguaya las peripecias de 38 comunidades Ava Guarani Paranaenses “desalojadas por la dictadura de Alfredo Stroessner para constituir el embalse de Itaipú (deuda indígena) y se concluye que se cometió un gravísimo etnocidio que debe ser urgentemente reparado, mientras aún sea posible reconstituir tales comunidades indígenas”.
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Sin embargo, la diferencia entre uno y otro caso pareciera que depende del país, mejor de sus fiscales y jueces. En efecto, ignoramos si la fiscala general, Sandra Quiñónez, asumiría la responsabilidad que le exigen los derechos pisoteados de los Ava Guarani de la margen paraguaya de Itaipú y, emulando a su homólogo brasileño, de presentar el caso, con toda la seriedad seriedad y perseverancia posibles, antes las estrados judiciales de nuestro país.