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El informe elaborado por Hacienda acompañó el análisis del proyecto de ley de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2022, que fue sancionado la semana pasada por el Congreso, abordando temas como el balance fiscal 2020, política fiscal, la reforma fiscal, recuperación económica, inversión pública, deuda y otros puntos.
En lo que se refiere a la Caja Fiscal, además de indicar que en los últimos cinco años el Tesoro Público ya inyectó US$ 671 millones de la recaudación de impuestos para cubrir el déficit del sector militares y policías, que se prevé para est año un déficit de US$ 184 millones y se ratifica que para 2029 alcanzaría US$ 3.535 millones, advierte de la alta fragmentación del sistema.
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“La alta fragmentación del sistema se refleja en la inequidad en cuanto a los diferentes requisitos de acceso a los beneficios, pese a que la tasa de aporte del 16% sobre el ingreso imponible es la misma para todos los cotizantes de la Caja Fiscal”, expresa el documento.
Añade que el salario base para el cálculo del haber jubilatorio es el promedio de la remuneración imponible de los últimos 5 años para los programas civiles; en cambio para los programa no civiles, el salario base para el haber de retiro se encuentra equiparado al sueldo del trabajador en actividad.
Parámetros para cada sector
El informe cita a modo de ilustración, que se puede considerar la jubilación de cuatro tipos de funcionarios públicos y funcionarias. Por ejemplo, sean todas ellas mujeres (una funcionaria administrativa, una docente del magisterio nacional, una médica del Ministerio de Salud y una del personal militar) con la misma edad y años de aporte, 60 años de edad y 25 años de aporte, pero que se jubilan de acuerdo a los parámetros de sus propios sectores. Agrega que todas ellas, aportan por igual el 16% de las remuneraciones percibidas por el desempeño de su actividad durante 25 años.
Explica, sin embargo, que la funcionaria administrativa al momento de jubilarse tendrá un haber jubilatorio equivalente al 58,5% del promedio de los ingresos de aportes durante los últimos 5 años de servicio; la funcionaria docente con tres hijos tendrá un haber jubilatorio del 87%; la médica tendrá un haber jubilatorio del 100%; y, la funcionaria que es personal de las fuerzas públicas tendrá un haber jubilatorio del 80% de los ingresos totales percibidos actualmente por el personal que se encuentra en actividad en la misma categoría con la que ésta accedió a la jubilación.
Hacienda sostiene que si bien la esperanza de vida promedio en Paraguay es de 75 años, es de esperar que en el caso de los jubilados la esperanza de vida sea mayor en comparación a quienes no tienen la oportunidad de una jubilación. “Considerando un promedio de vida de 80 años para un jubilado y que el promedio de años de jubilación observado es de 51 años para el Magisterio Nacional y 53 años para las fuerzas públicas, el sistema deberá financiar los beneficios de la jubilación por 29 años en el caso de la funcionaria docente y por 27 años en el caso de la personal de las fuerzas públicas. Tanto el Magisterio Nacional como las Fuerzas Públicas, no cuentan con edades mínimas de jubilación, por cual el sistema es financieramente insostenible”, asegura el informe.
Hacienda indica que en 2003 se llevó a cabo la última reforma del sistema de jubilaciones y pensiones de la Caja Fiscal, debido a varios aspectos que lo hacían insostenible, entre otros: la retención de aportes no se realizaba sobre todas las remuneraciones percibidas por los funcionarios; y, el salario base para el cálculo del beneficio (último sueldo) constituía una presión sobre los fondos jubilatorios, ya que el último salario se alejaba de un histórico adecuado de cotizaciones.
Nuevos regímenes creados
En ese sentido menciona, que con la Ley N° 2345/2003 la Caja Fiscal quedó compuesta por los programas contributivos civiles (Administración Pública, Magistrados Judiciales, Docentes Universitarios, Magisterio Nacional) y programas contributivos no civiles (Fuerzas Armadas y Policía Nacional). Sin embargo, indica que en los últimos años, sucesivas leyes fueron creando nuevos regímenes de jubilación que anteriormente formaban parte del sector administración pública.
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Estos nuevos regímenes son de: enfermeros (Ley N° 3206/2007); docentes de educación inclusiva (Ley N°4.735/2012); obstetras (Ley N° 5423/2015); agentes de la patrulla caminera (Ley N° 5498/2015); guarda-parques (Ley N° 6422/2019); médicos del Ministerio de Salud Pública (Ley N° 6302/2019); odontólogos y bioquímicos del Ministerio de Salud (Ley N° 6337/2019); médicos de todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE) y Empresas Públicas (Ley N° 6522/2020); trabajadores con discapacidad de la función pública (Ley N° 6648/2020); y, psicólogos del Ministerio de Salud (Ley N° 6743/2021).
Esta alta fragmentación del sistema se refleja en la inequidad en cuanto a los diferentes requisitos para acceder a los beneficios de la jubilación, pese a que la tasa de aporte del 16% sobre el ingreso imponible es la misma para todos los cotizantes de la Caja Fiscal, insiste el informe de la cartera.