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“Es necesario mencionar que el reo actuó a mando de su tío, político de la región que comanda -por las pruebas de los autos- la criminalidad como si fuera dueño de la ciudad.
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Así respecto a la posibilidad de ser inevitable la adherencia del reo a los intereses criminales de su tío, posiblemente entrañado a una familia la criminalidad, es cierto que la motivación no es directamente relacionada a él, pero a ella se adhiere en otras palabras, porque es propio de su conducta hasta mismo por cuenta de su parentesco. En otras palabras, el mismo a propósito eligió ayudar al tío en su acción criminal y aún hay que considerar que el crimen tuvo como víctima a un periodista que ejercía una labor notable en el mayor diario del Paraguay.”
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“Además de asegurar la impunidad de los crímenes de la familia, el crimen contra Pablo representa la violación a la propia libertad de expresión, violando por tanto principios democráticos garantizados por este Estado y ciertamente en Paraguay.”
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“(...) Además de las consecuencias evidentes para los profesionales del periodismo, de ver un colega muerto justamente por ejercer su función, específicamente Pablo, también privó a la prensa paraguaya de contar con un profesional destacado, comprometido con su trabajo a pesar de tener miedo de las amenazas sufridas en el ejercicio de la función, conforme declaración de la periodista Magdalena. Además, la víctima deja esposa y tres hijos como refirió la mencionada testigo, y que también afirmó que luego del crimen Paraguay no tuvo otro periodista como Pablo.”
“La muerte de un periodista representa la propia violación de la libertad de prensa y de expresión y sobre todo la democracia.”
Desprecio por la vida
(...) “No existe ningún motivo para la muerte de Antonia. Antonia fue muerta porque estaba en compañía de Pablo, su hermana por suerte no fue afectada. Siendo su intención matar a Pablo, su asistente - ajena a las acciones del periodista- no fue preservada, lo cual a mi modo de ver refleja elevado desprecio por la vida ajena, no apenas con relación a Pablo si no también con relación a Antonia, lo cual aumenta sobremanera el reclamo social sobre su conducta.”
Organización criminal
“Hay indicios de que el acusado integraba de organización criminal, relacionada a la ejecución de otros homicidios, inclusive de político, exintendente de Ypejhú, además de tráfico de drogas, por lo tanto la situación no comúnmente verificada en este juicio, no apenas por el aspecto del crimen de tratarse de un crimen ocurrido en el extranjero, pero por la magnitud de la criminalidad envuelta en homicidios, en especial en la tentativa de acallar la prensa.”
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Destacan solidez de pruebas
El cónsul general de Paraguay en Curitiba, Brasil, Carlos Fleitas, calificó de histórico el juicio a Flavio Acosta Riveros, quien fue condenado a 36 años de prisión en un régimen cerrado, 21 años por el crimen de Pablo Medina Velázquez (53) y a 15, por el de Antonia Maribel Almada Chamorro (19). Fleitas asistió al juicio ante el Tribunal de Justicia del Estado de Paraná en representación de nuestro país.
“Esta causa se juzgó en el Brasil, principalmente porque Flavio probó ser ciudadano brasileño a pesar de que tenía también documentos paraguayos”, inició diciendo Fleitas en entrevista en el programa Momento Justo de la 730 AM.
En ese contexto la autoridad consular manifestó que la condena fue posible mediante que “las pruebas fueron contundentes y categóricas”. Resaltó, esto significa “una gran victoria para la justicia paraguaya, porque es el primer caso que se juzga en el exterior con pruebas paraguayas y que hayan sido aceptadas, pese al intento de la defensoría pública por desmeritarlas”.
“El fallo emitido por el tribunal fue unánime o al menos se decidió por mayoría absoluta”, acotó.
Pablo Medina y Antonia Almada fueron acribillados a tiros en un camino vecinal de Villa Ygatimí, el 16 de octubre del 2014. El crimen, ejecutado por Flavio Acosta Riveros y su tío Wilson Acosta Marques, fue ordenado por el ex intendente de Ypejhú Vilmar Acosta Marques, condenado a 39 años por autoría moral.