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El Senave estableció nuevos requisitos para la habilitación de implementadores de buenas prácticas agrícolas, exigiendo ahora la incorporación de los profesionales en al registro de la institución. La medida se sustenta en la resolución N° 721, del 15 del corriente. La norma afecta principalmente a la implementación de la agricultura orgánica y de la inocuidad y calidad de las cosechas.
Añade que con la reglamentación se amplía el trabajo de los ingenieros agrónomos registrados en el ente, que quieran desempeñarse como implementadores de BPA. Los mismos deberán estar registrados como asesores técnicos, conforme a la resolución N° 666/20, por la cual se actualiza el reglamento del registro de profesionales del Senave; y destaca que el interesado deberá haber aprobado cursos de implementadores de BPA impartidos por la institución u otro organismo oficial, con una carga horaria de 15 horas como mínimo.
Detalla que será la Dirección de Calidad Inocuidad y Agricultura Orgánica, dependiente de la Dirección General Técnica, la que serán las encargadas de ejecutar lo dispuesto en la normativa.