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El pasado 11 de noviembre, las hermanas Myrian Beatriz, Silvana y Marta Denis solicitaron el acceso a la carpeta fiscal, manifestando que son legítimas víctimas del secuestro de su padre, Amancio Óscar Denis Sánchez, quien ya lleva más de un año secuestrado por el EPP.
No obstante, la respuesta de la Fiscalía fue que el Código Procesal Penal indica, en su artículo 322, que en la etapa preparatoria “no será pública para los terceros. Las actuaciones sólo podrán ser examinadas por las partes, directamente o a través de sus representantes”, mientras que el artículo 62 dice que “la víctima tendrá derecho a ser informada de los resultados del procedimiento”. En este caso, la parte afectada sería directamente el propio secuestrado, Óscar Denis.
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El mismo Código Procesal Penal, en su artículo 67, indica que también se considerará víctima al “cónyuge, conviviente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o por adopción, o segundo de afinidad, al representante legal y al heredero testamentario en los hechos punibles cuyo resultado sea la muerte de la víctima”.
“Elementos investigativos confidenciales”
En otra parte de la resolución fiscal, los agentes Alicia Sapriza, Federico Delfino y Marcelo Pecci alegan que no pueden brindar los detalles de la investigación para no poner en riesgo los avances de la causa.
“La representación pública no está ajena a suministrar información correspondiente a la presente investigación a la familia de la víctima o sus representantes legales; en ese sentido, considera que dentro de la carpeta fiscal se encuentran elementos investigativos de alto grado de confidencialidad y que si los mismos son expuestos pueden perder su valor, a fin de dar con los supuestos autores de los hechos investigados”, alega el Ministerio Público.
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