Colegio de Abogados critica a ministros por corporativismo, privilegio y abuso del poder para lograr inamovilidad

Con el título de “Un enroque indebido y apresurado”, el Colegio de Abogados del Paraguay criticó las maniobras, el intercambio de favores y el abuso de poder de la Corte Suprema de Justicia en que incurrieron cinco ministros para favorecerse mutuamente con la declaración de inmovilidad en sus funciones, hasta cumplir los 75 años.

Manuel Riera, presidente del Colegio de Abogados del Paraguay.
Manuel Riera, presidente del Colegio de Abogados del Paraguay.

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En primer lugar, el Colegio de Abogados del Paraguay critica el autoprivilegio en el que incurrieron los ministros de Corte César Manuel Diesel, Alberto Martínez Simón, Eugenio Jiménez Rolón, Manuel de Jesús Ramírez Candia y María Carolina Llanes, por la inusitada celeridad para pronunciarse en las dos acciones de inconstitucionalidad que promovieron para que sean declarados inamovibles.

“El tiempo que le toma a los jueces resolver un litigio fue, es y seguirá siendo un tema acuciante del sistema de Justicia. Dentro del plazo, cumplen sus funciones; fuera de él, devienen en mora. No existe una instancia en todo el Poder Judicial que esté libre de mora. La Corte Suprema de Justicia no es la excepción. Los abogados sabemos cuánto esfuerzo se invierte en que una acción sea admitida ante la máxima instancia y cuánto tiempo implica su tramitación, la integración de sus salas y el dictado de la resolución”, refiere el comunicado.

“Dos recientes fallos de la Sala Constitucional declararon la inamovilidad de cinco ministros de la Corte Suprema de Justicia. No sólo sobre el tema reposan ni deberían reposar las críticas. Mientras el sistema está sumergido en una morosidad intolerable, estos fallos integraron, desintegraron y reintegraron la Sala que resolvió el mismo día las dos acciones de ministros entre sí y ante sí. Llamativo, en sus tiempos, porque no es común el privilegio de la celeridad. Criticable, en sus formas, por los vicios de transparencia y parcialidad. Es de interés público observar el funcionamiento de los poderes del Estado”, dice en otra parte el comunicado del Colegio de Abogados del Paraguay que preside Manuel Riera.

Agrega: “El procedimiento de excusación de ministros, la integración de la Sala, hacer saber el nuevo juez y el debate son siempre relevantes. Pero la trasmisión exigida por la Ley 6299 a través de las cámaras, apagadas el 25 de octubre, privaron para siempre el control cívico. El criterio de la Sala Constitucional sobre la inamovilidad de los ministros de la Corte Suprema de Justicia se mantiene. El de algunos de los ministros, antes de ser nombrados, no siempre”.

Cuestiona la falta de agravios

“Esta es otra crítica. La Sala Constitucional, en toda acción, exige un agravio y una lesión concreta para admitirla. ¿Qué agravió del art. 19 de la Ley 609 a los ministros accionantes? ¿Por qué no se agraviaron contra las resoluciones de la Cámara de Senadores que los designaron por 5 años?”.

“El Colegio de Abogados del Paraguay expresa, con deber cívico, una firme crítica a un sistema que vuelve a fallar. Se repite un viejo vicio que rehúye los aires republicanos de la transparencia; un interés directo en el juzgamiento y sin el agravio exigido en la norma, dictó estas sentencias, sin cuidar las formas, concediendo –con celeridad privilegiada– aquello a que el resto solo podemos aspirar”, refiere el comunicado del Consejo Directivo del Colegio de Abogados del Paraguay, fechado este 16 de noviembre de 2021

Al solo efecto de clarificar, la palabra “enroque”, es utilizada en el juego de ajedrez para significar un movimiento defensivo en que el rey y la torre del mismo bando, cambian simultáneamente su posición.

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