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La magistrada explica que existe una decisión política del Estado que vela el derecho a la salud, y que busca proteger a los ciudadanos del país. Hace referencia a que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPYBS) es la dependencia del Estado con competencia en materia de salud y que el Programa Ampliado de Inmunización (PAI) es el responsable de promover las acciones para prevenir, controlar, eliminar y erradicar las enfermedades a través de las vacunaciones.
La decisión tomada fue con base en el análisis que realizó con relación al trabajo que actualmente el Ministerio de Salud viene realizando para sobrellevar la situación sanitaria del país. “Si bien la vacuna contra el covid-19, a la fecha del dictado de la presente resolución, no es obligatoria en el país, para adultos ni para niños, la misma se encuentra dentro del calendario oficial propuesto por el Ministerio de Salud”, dice en parte de su fundamento.
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La jueza, responde el cuestionamiento hecho acerca de que las vacunas no hayan pasado por el proceso del experimento. “La situación requirió en Paraguay, en un primer momento la utilización de vacunas de carácter de emergencia debido al escenario que se tuvo, lo que no nos permitía como sociedad aguardar el desarrollo normal de las vacunas, pues el tiempo que ello implica importaría un costo de vidas humanas demasiado alto”, explica la magistrada.
El planteamiento hecho por el padre de los menores fue rechazado tanto por la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, en representación de la defensora Edita Roa, que estudió el caso, como también por la Fiscalía, que en cuanto al análisis estuvo a cargo de la agente Alicia Fernández, quienes aconsejaron en sus oficios no hacer lugar a la medida cautelar.
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La madre a favor
La madre de los dos menores, quien es personal de blanco, cuando fue llamada a declarar pidió que se rechace el pedido hecho por su esposo, dijo que la institución que regula y libera la vacunación es el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, y que los estudios realizados por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) demuestran que vacunar salva vidas. “Recalco una vez más la autorización de que mis hijos sean vacunados no depende de mí”, dijo la madre de los hijos durante la audiencia en el juzgado.
Planteamiento del padre
Mientras que el padre manifestó que promovió la medida cautelar por el amor a su familia. Dijo que la vacuna solo está aprobada para uso de emergencia y que no pasó por la fase de experimentación. Explicó que sus hijos no tienen enfermedades de base, y que atendiendo las investigaciones hechas las vacunas pueden dejar secuelas a corto y largo plazo. “Temo por mi familia, es una vacuna que tiene riesgos y yo no quiero que mi familia tome esos riesgos”, reza una parte de su declaración.
Pidió a la jueza dictamine a favor de lo planteado, mientras tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los organismos nacionales justifiquen la real eficacia de la aplicación de las vacunas en niños.