Ong solicita revertir permuta de 4.500 hectáreas hecha por IBR hace 54 años

La ong Joajú solicitó al Procurador General de la República, Juan Rafael Caballero, iniciar las acciones para revertir la permuta que hiciera el entonces Instituto de Bienestar Rural (IBR) de unas 4.500 hectáreas de tierras por un avión, con la firma Perfecta S.A., hace 54 años, que hoy es la Estancia Pindó y que se entregue al grupo campesino denominado “Primero de Marzo”

Rueda de prensa en Codehupy sobre estancia Pindó, con la participación de la secretaria general de la FNC, Tedolina Villalba, los representantes de de ongs, Oscar Ayala, Ramón Medina, entre otros.
Rueda de prensa en Codehupy sobre estancia Pindó, con la participación de la secretaria general de la FNC, Tedolina Villalba, los representantes de de ongs, Oscar Ayala, Ramón Medina, entre otros.

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En representación de la ong Joajú, los ciudadanos Severiano Ruiz Díaz y Milciades Quintana pidieron a la Procuraduría General de la República, al Indert y al Parlamento, que se inicien acciones para expropiar la Estancia Pindó, con unas 4.500 hectáreas, de la firma Perfecta S.A., por considerarla “tierra mal habida”.

En la misma nota proponen que dicha estancia sea entregada a la organización campesina “Primero de Marzo”, integrada por 400 familias, que invadieron parte de dicha extensión.

En el largo escrito, se historia el caso señalando que el 4 de octubre de 1967, el Instituto de Bienestar Rural (IBR), por resolución N° 1.206, aceptó la oferta de la firma Perfecta S.A., con lo que se adjudicó unas 4.500 de tierra fiscales ubicadas en la zona de Reservado “F”, Alto Paraná”, a cambio de un avión Z.P.-P.B.U., Marca METASOKOL-L 40, Serie N° 150-901 y Matrícula ZP-PBU”.

También indica el escrito que en el año 1974, el Presidente de la República del Paraguay de entonces, Alfredo Stroessner, por Decreto N° 5.340, del 22 de abril de 1974 decretó la autorización a a la firma Perfecta S.A a transferir al IBR el referido avión.

En el argumento, la ong explica que desde 1963 hasta el 2002 se regía la ley 854/63 del Estatuto Agrario promulgado por el mismo Stroessner, normativa al cual debían a ajustarse a las disposiciones legales del IBR.

Destaca que en el artículo 15, inciso “E”, de dicha legislación señala expresamente que no podrán ser beneficiarias de tierras fiscales “las sociedades anónimas y otras sociedades impersonales”, por lo cual la empresa “Perfecta S.A.”, no podía ser beneficiaria de tierras fiscales y de esta ley.

Con el objetivo de dar difusión a este requerimiento de la ong Joajú, otra organización no gubernamental, Codehupy organizó ayer una conferencia de prensa en la que participaron la secretaria general de la Federación Nacional Campesina (FNC), Teodolina Villalba, así como dirigentes sociales Ramón Medina, Oscar Ayala Amarilla, entre otros.

Versión de la contraparte

Sobre el tema hemos consultado con la abogada de la estancia Pindó, Margarita Colmán, quien había sido secuestrada en un ataque terrorista que sufrió dicho establecimiento, con quema del casco principal y de maquinarias, afirmó que la estancia no es pasible de expropiación porque está racionalmente explotado y varios otros argumentos.

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