Efraín Alegre acciona ante la Corte en contra del proceso por el caso facturas

El presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Pedro Efraín Alegre Sasiain, planteó una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de Cámara de Apelaciones que declaró inadmisible el recurso que promovió la defensa en contra del auto de apertura a juicio oral. Si la Corte Suprema de Justicia admite la acción para su estudio, podría suspenderse el juzgamiento por el supuesto uso de facturas fraguadas.

Efraín Alegre, presidente del Partido Liberal Radical Auténtico, habla durante el evento de celebración de los 134 años de fundación del movimiento político.
Efraín Alegre, presidente del Partido Liberal Radical Auténtico, habla durante el evento de celebración de los 134 años de fundación del movimiento político.Nathalia Aguilar

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Bajo patrocinio de los abogados Santiago Lovera y Guillermo Duarte Cacavelos, el presidente del PLRA, Efraín Alegre, presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del Auto Interlocutorio Nº 636 del 7 de julio de 2021 dictado por la jueza de Garantías Cynthia Lovera, que elevó a juicio oral y público la causa; y contra el A.I. Nº 359 del 30 de setiembre pasado, mediante el cual el Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, declaró inadmisible el recurso interpuesto por la defensa y confirmó el fallo de primera instancia.

Ambos fallos atacados de inconstitucionales elevaron a juicio oral y público la causa que afronta el político liberal por la supuesta comisión de los hechos punibles de producción de documentos no auténticos, producción mediata de documento público de contenido falso y uso de documento público de contenido falso, por el supuesto uso de facturas fraguadas para justificar los gastos electorales del PLRA en el Alto Paraná, en las elecciones generales de 2018.

Alegre argumenta que fue acusado por el Ministerio Público de haber utilizado en fecha 1 de junio de 2018 un documento falsificado, motivo por el cual su defensa planteó en la audiencia preliminar, llevada a cabo el 7 de julio de 2021, un incidente de nulidad de la acusación y pedido de sobreseimiento definitivo.

Añade que la Fiscalía modificó en su escrito de acusación el momento de la comisión del hecho punible que se atribuyó al excandidato a presidente de la República durante toda la etapa preparatoria, ya que la hipótesis inicial fue que el documento presuntamente fraguado se utilizó el 1 de abril de 2019.

“Esto implica que jamás fui convocado a una audiencia indagatoria relacionada a la supuesta utilización de un documento falso en fecha 1 de junio de 2018 (...) ante la evidente violación del artículo 350 de Código Procesal Penal por parte del Ministerio Público y ante la falta de argumentos legales y reales para el rechazo de la pretensión requerida por mi defensa, en una abierta conducta arbitraria, la jueza se valió de verdaderas falacias para decidir el rechazo de los incidentes de nulidad”, alega el titular del PLRA en la acción promovida ante la Sala Constitucional de la CSJ.

En cuanto al fallo de la Cámara de Apelaciones, que declaró inadmisible el recurso planteado por el acusado y confirmó el auto de apertura a juicio oral, la defensa afirma que “no solamente violenta claras normas constitucionales y de tratados internacionales de derechos consignados por la República del Paraguay, sino que además ignora fallos jurisprudenciales de la máxima instancia judicial”, y califica estas circunstancias como claros vicios de arbitrariedad que conllevan la declaración de inconstitucionalidad del fallo atacado por el acusado.

Supuesto uso de factura falsa

Según la acusación presentada por el fiscal Édgar Sánchez, la factura Nº 008953, por valor de G. 98 millones, con membrete de la estación de servicios “Catedral”, emitida el 19 de julio de 2018, fue adulterada y utilizada por el PLRA para la rendición de sus gastos en los comicios generales del 2018 ante la Justicia Electoral. Agrega que la factura auténtica fue emitida a nombre de Arnaldo David Martínez, el 8 de agosto de 2018, por la suma de G. 100.000.

El agente del Ministerio Público señala en su acusación que luego de verse públicamente la utilización de la factura falsificada, en fecha 19 de febrero del 2020 el mismo PLRA solicitó a la Justicia Electoral la exclusión de ese documento del informe de rendición de gastos, es decir, dos años después de haber sido utilizado.

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