La Contraloría constata documentos respaldatorios con varias deficiencias

La Contraloría General de la República (CGR) constató documentos respaldatorios con deficiencias durante la fiscalización especial sobre el uso de los G. 6.382 millones (US$ 1.000.000) entregados a la Gobernación de Central, a cargo del gobernador Hugo Javier González (ANR, cartista). El organismo confirmó el festín con los recursos distribuidos en el marco de la pandemia del covid-19.

En la foto aparecen el presidente Mario Abdo (ANR Añetete) a la izquierda, en el centro el gobernador de Central Hugo Javier González (ANR cartista) y a la derecha su padrino político el exmandatario Horacio Cartes (ANR))
Hugo Javier González (centro) gobernador colorado cartista junto al presidente Mario Abdo Benítez y su principal protector Horacio Cartes.

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El actual gobernador de Central y exanimador de bailes, Hugo Javier González (ANR, cartista), recibió G. 6.382 millones (US$ 1.000.000 al cambio de finales del año pasado) para la reactivación de la economía del departamento más poblado de nuestro país. Esto, luego de los efectos de las medidas sanitarias decretadas por el Gobierno Nacional para mitigar la propagación del covid-19.

El jefe departamental no tuvo mejor idea que transferir los millonarios recursos a dos organizaciones: El Consejo Regional de Salud (CRS), representado por Hugo Cabrera, y el Centro Integral de Apoyo Profesional (CIAP), a cargo de Tadeo Álvarez Cristaldo. La primera entidad recibió G. 1.276 millones, mientras que la segunda G. 5.105 millones para la ejecución de proyectos y equipamientos de hospitales con el fin de reactivar la economía.

Sin embargo, un informe preliminar de la Contraloría de la República (CGR) remitido el miércoles último al jefe departamental evidencia un verdadero festín con los millonarios recursos. Los hallazgos confirman una denuncia previa realizada en julio pasado por la Secretaria Nacional Anticorrupción (Senac) y la Subsecretaría de Estado de Tributación.

Una de las anomalías detectada por el organismo de control es la presentación de documentos respaldatorios con deficiencias.

Factura presentada por el Consejo Regional. Sin embargo, la nota de remisión no reune los requisitos de la SET.
Factura presentada por el Consejo Regional. Sin embargo, la nota de remisión no reune los requisitos de la SET.

“De las documentaciones que respaldan la transferencia realizada al Consejo Regional de Salud del Departamento Central a través de la orden de pago OP N° 2549/21, para la ejecución del proyecto ‘Mantenimiento y Refaccionamiento de Entidades Primarias de Salud del Departamento Central’, se observan deficiencias en la nota de remisión, tales como: no se especifican la cantidad y precio unitario de los bienes y/o servicios adquiridos, no se presenta en el formato especificado por la SET, no figura fecha de compra ni de entrega correspondiente a la factura por importe de G. 593.044.000″, dice en forma textual el documento al cual tuvo acceso ABC.

El comprobante hace referencia al expedido por el “Grupo Metalúrgico y Publicitario MG” de Miguel Gutiérrez al Consejo Regional de Salud por la compra de vitrinas con llave metálico, tándem de cuatro asientos, fichero metálico, basurero metálico, percheros, carros de metal, portasuero, escalera, mesas para inspección y sillas giratorias.

Requisitos

El informe de la CGR menciona que existe una serie de requisitos para la emisión de notas de remisión y el transporte de mercaderías de acuerdo a lo estipulado en el Art. 1 de la Resolución N° 41/14 de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).

“Las notas de remisión deberán contener necesariamente los siguientes datos pre impresos: la identificación del documento, debiendo señalar ‘nota de remisión’, número de timbrado, la fecha del otorgamiento del timbrado (día, mes, año), la fecha límite de vigencia del timbrado (mes y año) y la numeración secuencial y correlativa, nombre y apellido o razón social, RUC, domicilio de quien emite la nota de remisión”, agrega el documento.

Además, debe indicarse el destino en cada uno de los cuatro ejemplares en lo que deben ser emitidos la nota de remisión, el original (destinatario de mercaderías), la primera copia (copia para el remitente de las mercaderías); la segunda copia (copia para la administración tributaria) y la tercera copia (copia para el transportista), cuando el traslado de la mercadería será realizado a través de una empresa de transporte. En este caso se debe agregar: nombre y apellido o razón social, RUC, domicilio comercial y el número de habilitación de la imprenta que realizó la impresión de la nota de remisión.

Emisión en una fecha anterior

Otro punto que llamó la atención de los auditores del ente contralor fue que la factura emitida por la Metalúrgica MG al Consejo Regional de Salud tiene fecha anterior a la transferencia de los recursos por parte de la Gobernación de Central. El Consejo adquirió los insumos e inmobiliarios médicos el 28 de enero de 2021, mientras recibió el dinero recién el 12 de febrero de 2021.

A los efectos de corroborar los datos contenidos en la factura del “Grupo Metalúrgico y Publicitario MG” de Miguel Gutiérrez, el equipo auditor consultó en la página web de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), sobre la actividad del proveedor.

Intento de defraudar al fisco

En el informe preliminar dice que se pudo constatar que la metalúrgica se dedica a la “fabricación y reparación de truki-volquete, semi remolque acoplado, tanque cisternas, fabricación de estructuras metálicas, chapería y pintura, limpieza arenado, servicios publicitarios”.

Ante esta inconsistencia la CGR dice que “en el desarrollo del hallazgo, se puede acotar, que se encuentra enmarcada en las infracciones previstas en el Capítulo III de la Ley Nº 125/91 ‘Del Régimen Tributario’, en el Art. 173, Presunciones de la intención de defraudar”. Dicho articulado dice que se presume la intención de defraudar al fisco, salvo prueba en contrario, cuando se presentare cualquiera de las siguientes circunstancias, ampliada por la Resolución General Nº 07/13, por el incumplimiento de determinadas obligaciones establecidas en el artículo 192 de la citada ley. Suministro de informaciones inexactas sobre las actividades y los negocios comerciales a las ventas, ingresos, compras, gastos, existencias o valuación de las mercaderías, capital invertido y otros factores de carácter análogo”.

Cinco días

La CGR notificó el miércoles último al gobernador Hugo Javier González sobre los hallazgos durante la fiscalización del uso de los G. 6.382 millones, correspondiente al fondo de la Ley 6641/20 de Emergencia Sanitaria a causa de la covid-19. El jefe departamental tiene un plazo “perentorio e improrrogable” de cinco días hábiles para presentar su descargo, es decir, hasta este martes 26 de octubre.

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