Villordo asegura que si Eletrobras pagó la parte principal de su deuda con Itaipú, honrará los intereses

El expresidente de la ANDE, Ing. Luis Villordo, considera que Eletrobras pagará los intereses de su deuda con Itaipú, dado que abonó la parte principal, de US$ 54,9 millones, de acuerdo con las bases del derecho internacional e instrumentos vigentes. “Esto permite asegurar que la Eletrobras estará pagando en breve los valores adeudados, conforme a las reglamentaciones vigentes del contrato de largo plazo, que son las mismas que estuvieron vigentes en el año 2018″, manifestó.

Ing. Luis Villordo.
Ing. Luis Villordo, expresidente de la ANDE.Archivo, ABC Color

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El pago de la deuda de la Eletrobras a Itaipú, por valor de US$ 54.968.689, conlleva al reconocimiento de logros muy importantes de las posiciones técnicas mantenidas en el seno del Consejo de Administración, destacó el expresidente de la ANDE, Ing. Luis Villordo. “No debemos olvidar que cabe al Consejo de Administración de Itaipú ejercer su principal función, que es cumplir y hacer cumplir el Tratado (Art. 19 del Reglamento Interno), siendo éste el órgano donde existe plena y absoluta paridad para ejercer el control operacional y financiero del ente, aspectos por demás relevantes en toda organización empresarial”, dijo.

Recordó el origen de la deuda, que proviene del descuento unilateral realizado por la Eletrobras en la facturación de octubre del año 2018 debido a una divergencia técnica sobre los instrumentos vigentes, cuyas interpretación, así como el posicionamiento de las partes fueron abordados en las reuniones ordinarias del Consejo de Administración números 298° y 300°, “habida cuenta que por Resolución del Directorio RDE-093/2020 del 7 de agosto del 2020, fueron encaminadas hacía el Consejo de Administración las propuestas divergentes de ambas márgenes de Itaipú.

La posición fundamentada por el entonces consejero Villordo fue de manifestarse en contra del reconocimiento de los derechos crediticios como no recuperables, de la compensación del saldo de la cuenta de explotación, parte componente del costo del servicio de electricidad con créditos presupuestarios exclusivos de la margen izquierda (Brasil), y de la dispensa de los intereses moratorios, por estar debidamente reglamentados los intereses en los documentos contractuales, para los casos de mora.

“Itaipú cumplió”

El extitular de la ANDE también mencionó que el suministro a la Eletrobras del 2018, específicamente de los meses de junio, julio y setiembre, se rigieron por las cartas mensuales, de manera extraordinaria y provisional, “ad referendum” del Consejo de Administración de Itaipú y con el acuerdo de Eletrobras y ANDE, firmadas conjuntamente por los directores generales, paraguayo y brasileño, y por los representantes legales de las entidades compradoras. Las mismas fueron instrumentadas ante la necesidad de garantizar los ingresos operacionales necesarios para que Itaipú honre sus compromisos financieros. “Dichas cartas establecían que las relaciones entre las partes que no estaban contempladas en esas correspondencias, se regían de manera supletoria por lo establecido en los contratos E/GB-GP/GP 0011/07 y E/GP-GB/0013/07″, detalló.

En ese sentido, especificó que, conforme consta en las misivas encaminadas por Itaipú a la Eletrobras, E/GB/053667/18, E/GP/005166/19, E/DG/DF/037055/19 y E/DG-DF/037056/2019, firmadas por el director general paraguayo y el director general brasileño, se reivindica que la Itaipú cumplió con lo establecido en los instrumentos contractuales y regulaciones vigentes de la prestación del servicio de electricidad en los meses de junio, julio y setiembre, en cuanto a la entrega física y a la facturación de los servicios, exactamente conforme se previó en los mismos. Asimismo, comentó que se deja constancia que Itaipú compensó, en octubre de 2018 el crédito a favor de la Eletrobras, correspondiente a la energía garantizada asociada a la potencia contratada no suministrada en los referidos meses, que la misma Eletrobras confirma en su nota CTA-PR-4057/2018 del 11 de diciembre de 2018.

“Todos estos instrumentos fundamentaron la posición paraguaya que permite sostener que la deuda de la Eletrobras constituía una deuda firme, líquida y exigible en base a los documentos contractuales vigentes en el ejercicio del año 2018″, recalcó.

Regida por normativa internacional

El Ing. Villordo también manifestó que es importante recordar que Itaipú Binacional está regida por una base de normativa internacional, en la que las obligaciones de las partes que nacen de estos instrumentos, que no pueden quedar al arbitrio de interpretaciones unilaterales o del devenir de la aplicación de legislaciones internas de los países partes, sino únicamente pueden ser consecuencia de la interpretación y aplicación del Tratado Binacional de la Itaipú.

“Todo ello, ciertamente, llevó a que la Eletrobras reconociera el derecho aplicable y su obligación de pago, honrando su compromiso ante Itaipú ante el estricto entendimiento conforme previsto en los instrumentos contractuales y regulaciones vigentes, dando pago legal del monto adeudado de los US$ 54.968.689,19″, sostuvo.

Además, dijo que las reglamentaciones con respecto a los intereses moratorios que se aplicarían a la Eletrobras serán aquellos que la ANDE soportó en el periodo de enero 1999 a febrero 2002, ocasión en la cual había acumulado deudas por US$ 130 millones, a las que fueron aplicadas las tasas de interés moratorio establecidas en los documentos contractuales, y negociado su pago en 240 cuotas de US$ 1,4 millones. “De la misma forma, por las deudas con vencimiento en julio y agosto de 2020, habían sido liquidados los intereses moratorios conforme a las condiciones contractuales (por los primeros 15 días de atraso, 1/30 de 0,5%; a partir del 16° día 1/30 de 1%)”, puntualizó.

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