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Luis Alberto Mauro, asesor de la Justicia Electoral, informó a ABC que la Ley 834/1996 es la que establece la prohibición de venta de bebidas alcohólicas durante 12 horas antes de las Elecciones Municipales.
“Lo que está prohibido, según la Ley, es la venta desde las 19:00 del sábado y a la par, la celebración de eventos de carácter público, hasta dos horas después de la celebración de las elecciones”, explicó. Las multas a los locales van desde los G. 4 millones hasta los G. 17 millones.
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Se pueden realizar encuentros familiares
“Se debe aclarar que si los ciudadanos tienen eventos como cumpleaños o encuentros familiares en sus domicilios, pueden ser realizados, incluso con el consumo de bebidas alcohólicas compradas antes de las 19:00″, subrayó.
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Así también, los locales de esparcimiento social, como restaurantes, pueden funcionar normalmente, pero desde las 19:00 del sábado 9 hasta las 19:00 del domingo 10, no pueden vender bebidas alcohólicas.
“La ley no demanda que los establecimientos estén cerrados, pueden abrir y funcionar, con la salvedad detallada concerniente al expendio de alcohol”, manifestó.
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“Lo que si está vigente para ellos es el código sanitario establecido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, respecto a todo lo que atañe a la pandemia por el Covid-19″ dijo.
Ya no se puede hacer propaganda en la vía pública
Ayer se inició también el periodo de veda a las propagandas electorales en la vía pública y en medios. Desde las 15:00 se prohíbe la circulación de vehículos del Estado.
Otras prohibiciones el día de la votación son las aglomeraciones cerca de los locales de sufragio.