Piden embargo contra sanatorio en juicio por muerte de Renato

El juez en lo civil y comercial Walter Mendoza estudia un pedido de embargo contra el sanatorio Migone planteado por los padres del niño Renato Rojas Talavera, fallecido en agosto del 2019. Es en el juicio por indemnización de daños y perjuicios contra el nosocomio, al que reclaman un resarcimiento de G. 38.696.170.032 (unos US$ 5 millones y medio).

Familiares y otros allegados del niño Renato Rojas Talavera  aguardan una justa condena del caso.
Familiares y allegados del niño Renato Rojas Talavera, en una de las manifestaciones realizadas en reclamo de justicia.Archivo, ABC Color

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En la presentación realizada por Carlos Rojas y Macarena Talavera, bajo patrocinio de los abogados Juan Martín Barba y Rodrigo Cuevas, los demandantes solicitan que se decrete el embargo hasta cubrir la suma reclamada en concepto de indemnización de daños y perjuicios: G. 38.696.170.032.

Asimismo, la parte demandada pide que se libre oficio a la Dirección General de Registros Públicos y a la Dirección General del Registro Automotor, para que informen sobre los bienes existentes a nombre del sanatorio y, posteriormente, se decrete una prohibición de innovar contra los bienes de la parte demandada.

“El presente pedido obedece primeramente al peligro de no poder hacer efectivo el cobro de las resultas del presente juicio, por posibles fugas de los bienes que pudieran haber durante la sustanciación del juicio”, explica el matrimonio Rojas Talavera en su presentación.

Oposición del Migone

Por otro lado, el abogado Raúl Barriocanal, en representación del sanatorio Migone, solicita el rechazo de ambas medidas cautelares requeridas por los demandantes, cuya pretensión califica de “injustificada, absurda y temeraria”.

Con relación al embargo solicitado, Barriocanal afirma que sólo es procedente en favor del acreedor de deuda en dinero o especie que se encuentre en algunas de las condiciones que señala la ley.

“No solo que los demandantes no son acreedores ni mi mandante es deudora de obligación de dar suma de dinero alguna, sino que los supuestos específicos de procedencia no son compatibles con las circunstancias de este caso, por lo que resulta manifiesta la ausencia de mérito y de derecho en dicha pretensión”, afirma el abogado del nosocomio.

Con respecto a la prohibición de innovar sobre los bienes, Barriocanal afirma que tampoco corresponde, porque los bienes de su representada no constituyen el objeto del juicio.

“Por lo mismo, es totalmente injustificado el pedido de que se recaben informes de los registros públicos, acerca de los bienes inscriptos a nombre de mi mandante, planteo que se dirige a invadir la esfera patrimonial privada de mi parte, sin necesidad alguna”, argumenta el letrado.

La cuestión es objeto de estudio por parte del juez en lo civil y comercial Walter Mendoza, actual interino del juzgado en lo civil y comercial del tercer turno, donde se tramita el juicio “Carlos Federico Rojas Romero y otros contra Sanatorio Migone Battilana SA sobre indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual”.

“La muerte de Renato se debe a acciones y omisiones de los dependientes de la demandada, por lo cual este daño específicamente es antijurídico. De todo el relatorio de hechos, se da cuenta las conductas omisivas y negativas en las que incurrieron los profesionales médicos dependientes de la demandada, por lo cual actuaron negligentemente y omitieron imprimir su entender científico con la mayor diligencia que ameritaba el caso, causando un daño que no tiene causa de justificación legítima, por lo cual debe ser indemnizado”, refiere parte de la demanda entablada por los padres del niño fallecido.

Proceso en el fuero penal

Paralelamente, en el fuero penal se tramita un proceso contra la pediatra que atendió al niño ese día, Laura Sena, quien es la única acusada por el Ministerio Público en este caso.

En agosto pasado, la jueza penal de garantías Lici Sánchez admitió la acusación presentada por la fiscala Sara Torres y dispuso que la médica Sena vaya a juicio oral y público por homicidio culposo.

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