Corte rechaza chicana en el caso secretaria “vip”

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un recurso de reposición planteado por el abogado Álvaro Arias en representación de la secretaria “vip” Liz Paola Duarte y la exsubcontralora Nancy Torreblanca, condenadas por pagos irregulares en el ente contralor.

El excontralor Óscar Velázquez (c.) y la exsubcontralora Nancy Torreblanca (der., al fondo) durante un receso del juicio  que concluyó con la condena de ambos, entre otros funcionarios.
El excontralor Óscar Velázquez (c.) y la ex subcontralora Nancy Torreblanca (der., al fondo) durante un receso del juicio que concluyó con la condena de ambos, entre otros funcionarios, en mayo del 2019. (Archivo ABC).Archivo, ABC Color

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Por unanimidad, los ministros de la sala penal Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y María Carolina Llanes declararon inadmisible la reposición planteada por la defensa de las condenadas contra el A. I. N° 479, del 18 de mayo pasado.

La referida resolución declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de casación que plantearon las defensas y ratificaron las condenas dictadas en el caso de la “secretaria vip”, dictadas en un juicio oral y público que concluyó el 10 de mayo del 2019.

En el juicio que concluyó en el 2019, el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Mesalina Fernández e integrado por Gloria Hermosa y Mercedes Aguirre condenó a 4 años de cárcel al excontralor Óscar Rubén Velázquez y a 2 años de pena privativa de libertad a la ex subcontralora Torreblanca, por el delito de lesión de confianza.

El colegiado también condenó a 2 años a los exdirectores Roberto García, Luisa Almada y Celia Cardozo, mientras que los funcionarios acusados por cobro indebido de honorarios Reinaldo Gadea, Liz Paola Duartemás conocida como la “secretaria vip”– y Horacio Coelho de Souza, fueron sentenciados a 1 año y 9 meses de prisión.

La ministros fundamentan que los fallos de la máxima instancia judicial son irrecurribles y, en consecuencia, dispone la inmediata remisión del expediente al juzgado de ejecución, para dar cumplimiento a la sentencia.

“Resulta clara la improcedencia del recurso formulado por la defensa atendiendo a que el fallo impugnado no reviste los requerimientos formales mencionados ut supra, además contra las sentencias de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia no cabe medio de impugnación alguno. Consecuentemente, corresponde declarar la inadmisibilidad de la reposición, por su notoria improcedencia”, argumentan los ministros.

La acusación presentada por la fiscala Victoria Acuña precisó que la Contraloría General de la República sufrió un perjuicio de G. 1.121.319.953 entre los años 2014 y 2015, mediante el pago irregular de honorarios y horas extras. La Fiscalía advirtió además anomalías en las asignaciones de categorías presupuestarias a funcionarios, como la contratación irregular de futbolistas como personal técnico, además de otros funcionarios no calificados para los puestos asignados.

Con relación a Velázquez y Torreblanca, la Fiscalía sostuvo que los mismos en su carácter de ordenadores de gastos eran los responsables de precautelar el patrimonio de la Contraloría y, además, toleraron que funcionarios se alzaran con más de G. 1.000 millones en haberes que no les correspondía cobrar.

Tras el escándalo generado por este caso -en que se detectó anomalías tales como pagos de horas extras de hasta de “27 horas diarias” a Duarte, y también beneficiados que marcaban y luego se retiraban, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 3.601 por el cual establece un límite para el pago de la remuneración adicional a los funcionarios públicos.

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