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La querella de Sonia Deleón Franco, presentada bajo patrocinio del abogado Nelson López, ingresó hoy el juzgado penal de garantías N° 2, cuya titular es la jueza Alicia Pedrozo. La magistrada tiene a su cargo el proceso por homicidio culposo al Dr. Aurelio Espínola Caballero, por la muerte de Fernando Nicora López Moreira, de 52 años, padre de un adolescente de 15 años y actualmente está pendiente de realización la audiencia de imposición de medidas.
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La presentación relata el calvario que vivió la familia a partir del 19 de agosto del año pasado, cuando el exparlamentario ingresó en horas de la noche a la Clínica La Veró, ubicada en Herrera 933 casi Estados Unidos, con fiebre de casi 40 grados y otros síntomas de covid-19.
La viuda revela que Nicora fue atendido por el propietario de la clínica, el neurocirujano Aurelio Espínola Caballero, quien era amigo y médico tratante de su esposo desde hace varios años. En este caso específico, le asistió desde el 17 de agosto.
Según indicó, Espínola le suministró medicamentos para estabilizarlo, luego de diagnosticarle “neumonía bacteriana” sin haberle practicado los estudios de rigor, conforme al protocolo en el marco de la pandemia, como lo constituye el hisopado nasofaríngeo, tomografía, placas radiográficas etc., a fin de descartar preliminarmente, si se hallaba afectado o no por el virus COVID 19.
En atención a que esta situación generó preocupación en la familia, y una seria sospecha sobre la posible infección a causa del virus COVID-19, Nicora respondió que su médico y amigo le había dicho que la infección era solamente de origen bacteriano y “no viral”, el paciente llamó a Espínola para que él explicara a su esposa la situación y la tranquilizara.
Diagnosticó “neumonía bacteriana”
“(...) el médico atendió su llamada y Fernando me entregó el dispositivo celular a fin que pueda conversar con el nombrado médico, oportunidad en que el profesional Espínola, aseveró que efectivamente mi esposo estaba cursando un cuadro de Neumonía Bacteriana, conforme a los estudios laboratoriales de sangre que supuestamente le había realizado a mi esposo, que ya estaba medicado, según la receta expedida y que estaba descartado el contagio del virus COVID-19, reiterando que solamente era una infección bacteriana y que al día siguiente lo esperaba en su clínica (La Veró S.A) para evaluarlo”, relata la querellante.
Sin embargo, no hubo mejoría y Nicora fue internado el 19 del mismo mes. El cuadro del paciente se agravó con el paso de los días y pese a la insistencia de la esposa, el médico se negó rotundamente a realizar prueba del Covid-19, pues a su criterio, los síntomas que presentaba correspondían a un cuadro infeccioso-bacteriano.
Tratamientos alternativos y falsas expectativas
Deleón relata que el querellado le suministró ozonoterapia e incluso realizó un tratamiento con plasma, para lo cual utilizó su propia sangre -pese a que había tenido covid-19 en abril del 2020- sin evaluación previa alguna.
“En este contexto, importa significar, que previo al procedimiento de transfusión del plasma sanguíneo a mi esposo Fernando Nicora López Moreira, el donante Neurólogo Aurelio Espínola, acotó que aproximadamente una hora después de suministrarle su plasma a mi esposo, ya se observaría un progreso favorable en su cuadro de salud, generando así falsas expectativas, pues tal situación no se dio, muy por el contrario, el estado de salud de mi esposo fue agravándose en la medida que avanzaban las horas, razón por la cual seguí insistiendo al profesional médico (Dr. Espínola) para trasladarlo de urgencia al sanatorio La Costa”, agregó.
Traslado de urgencia
A la 01:00 del 22 de agosto, Nicora ingresó de urgencia al sanatorio La Costa, donde se realizaron estudios que permitieron constatar que efectivamente tenía covid y lo más grave: la placa de tórax reveló que ambos pulmones estaban totalmente infectados y dañados. El deceso del paciente se produjo 15 horas después.
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“Su rápido fallecimiento se debió a la falta de diligencias que eran fundamentales para establecer el diagnóstico correcto y temprano de la enfermedad o en su caso, proceder a la derivación a otro establecimiento sanitario más especializado para un tratamiento eficaz y oportuno, que pudo haber salvado su vida, teniendo en cuenta que numerosas personas con enfermedades de base han superado gracias a la oportuna y eficaz atención médica al paciente del COVID19”, concluye la querella.
Tras el fallecimiento de Nicora y otras denuncias similares, así como de tratamientos alternativos de dudosa eficacia, la Superintendencia de Salud clausuró la Clínica la Veró y abrió un sumario para esclarecer los casos.