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Quién en algún momento dado de su vida no se preguntó por qué su nombre se escribe con una letra que le llamó la atención, y se puso a pensar cómo puede hacer para colocar una letra de su preferencia. Un ejemplo cualquiera puede ser que una mujer se llame Karmen con “K”, pero ahora pretende que se cambie oficialmente ante el estado y se escriba Carmen, pero con “C”.
Este y otros puntos son los que la asesora jurídica del REC, Carmen Campos echa luz para saber qué hacer y dónde recurrir.
Nombres se modifican por vía judicial
Todo empieza con hacer una solicitud acompañado de un abogado ante un Juez de Primera Instancia. En ese trámite le solicitarán al interesado varias documentaciones como antecedentes policiales. Luego que el magistrado da su fallo a favor de la modificación, la resolución se envía al Ministerio Público y también al Registro Civil.
A partir de ahí, según Campos se busca el libro de acta original de la inscripción de la persona y en un apartado que tiene la hoja de anotación oficial se hace el proceso. La asesora explicó que la parte del acta se denomina “Nota Marginal”. En ese espacio es donde se coloca que mediante resolución el nombre a partir de ese momento tiene una variación ya sea de una letra o un cambio total por otro nombre.
Ya en base a esa ese escrito se puede expedir un nuevo certificado de nacimiento con el cambio en el nombre.
Con el apellido es más fácil la rectificación, aclaran
Un ejemplo básico que citó la doctora es que si el apellido en realidad es Ocampos, pero en su certificado de nacimiento figura como Campos, el propio REC puede hacer el cambio administrativamente sin necesidad de un proceso judicial.
Lo que hacen los funcionarios ante el pedido de rectificación es recabar documentaciones previas de familiares como cédulas y prontuario para corroborar y con certeza confirmar que hubo un error en la inscripción de origen de parte de un empleado del REC.
A partir de allí se abre un expediente interno, se hacen las averiguaciones y se emite un dictamen a favor del o la solicitante. También en estos casos se utiliza el espacio dentro del acta que se denomina “Nota Marginal”. Este procedimiento solo se puede hacer en el edificio central. Desde ese momento ya se entregan los certificados con el cambio.
Según explican desde el Registro Civil el proceso no es por judicial porque existe otro documento oficial registrado para comparar y así hacer la corrección.
También pueden hacerse otros cambios del contenido
No solo las letras de nombres o apellidos pueden rectificarse sino que incluso números de cédulas o nombres de padres. En el caso de lugares de nacimiento hasta se pueden hacer cancelaciones. La asesora Campos contó una anécdota de un caso en donde una persona nació en Argentina, pero sus padres le inscribieron primeramente en Paraguay. Entonces para que el afectado no tenga inconvenientes entre ambos países se canceló el certificado de nacimiento en nuestro país.
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Mas de cinco millones de actas de nacimiento desde 1.987
Los datos proveídos por el REC apuntan que desde hace 34 años se registraron más de cinco millones de certificados de nacidos. Aunque admiten que existen aún problemas para tener una informatización total de los expedientes. Una de las razones es la ubicación de las oficinas en zonas alejadas. Se encuentra también el inconveniente del software actual, que no permite filtrar algunas cuestiones de búsqueda.
Consultamos si es posible discriminar cuantas solicitudes de cambios de nombres, apellidos u otros datos y nos confirmaron desde el REC que es imposible. Solo pueden proveer información sobre estadísticas de cuántos pedidos hubo de manera genérica.
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