Habilitan a 60.284 extranjeros para votar, tras depuración del padrón

La Justicia Electoral habilitó a 60.284 residentes extranjeros a votar en las elecciones municipales del 10 de octubre. En su mayoría están inscriptos en Alto Paraná (21.119); Central (10.051); Capital (7.270) y Canindeyú (6.088). En 2018 había 83.951 residentes habilitados y para estos comicios 23.667 votantes fueron excluidos.

Maquina de votación TSJE
Maquina de votación TSJE

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El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) reveló que dentro del padrón de 4.644.536 votantes habilitados para las elecciones municipales hay 60.284 residentes extranjeros con derecho a votar.

La cifra llama la atención ya que en 2018 fueron habilitados a votar 83.951 residentes, es decir, tras la depuración en los últimos años se registra un notorio descenso de 23.667 votantes extranjeros.

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El motivo de dicha reducción podría deberse a las leyes locales o convenios bilaterales entre Paraguay y Brasil para depurar el padrón entre votantes que vivían en un país y votaban en otro (o en ambos), en distritos fronterizos.

Uno de los impulsores de esta política fue el senador Pedro Santa Cruz (PDP), quien advertía sobre el peligro de la soberanía nacional en distritos donde el 70% del padrón era extranjero.

Según el informe del TSJE, la mayoría de los residentes extranjeros habilitados están en Alto Paraná (21.119); en Central (10.051); en Capital (7.270); en Canindeyú (6.088); en Itapúa (4.474); en Caaguazú (2.737) y en Amambay (1.992).

Por otro lado, el director de Recursos Electorales del TSJE, Luis Salas, informó que “se debe tener en cuenta que en el Paraguay están inscriptos en el Registro Cívico Permanente (RCP)”, según las leyes vigentes.

Sobre las candidaturas de los extranjeros residentes en el territorio nacional, refirió: “En cuanto a los datos que tenemos sobre candidatos extranjeros con radicación definitiva en nuestro país se presentan para la Intendencia y/o la Junta Municipal, electores extranjeros que residen en Ñacunday, Iruña, Santa Rita y otros distritos como San Alberto”, señaló el funcionario.

Con respecto a las candidaturas para los cargos de Intendente o miembros de Junta Municipal los requisitos para presentarse se encuentran en la Ley 834/96 “Código Electoral Paraguayo” y el Anexo de la Ley N° 3.966/2.010 “Orgánica Municipal”.

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