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El Tribunal de Sentencia presidido por el juez Carlos Hermosilla y conformado también por los magistrados Sandra Farías y Héctor Fabián Escobar resolvió absolver de culpa y pena a la activista de la organización “Somos Anticorrupción Paraguay” y la Coordinadora de Abogados del Paraguay, María Esther Roa, en el marco del juicio oral por supuesta violación de la cuarentena sanitaria.
Los representantes del Ministerio Público, los fiscales Juan Carlos Ruiz Díaz y Ángel Ramírez, habían solicitado al Tribunal que la activista anticorrupción sea condenada y pague una multa de G. 8.035.695.
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Su defensa, a cargo del abogado Guillermo Ferreiro, cuestionó durante todo el proceso el actuar “desganado” de los agentes fiscales. Este incluso afirmó que su clienta fue juzgada por un sistema judicial que pretendía condenar a la activista por un delito que no existe y agregó que el juicio oral era “inquisitorial”.
Roa había anunciado que no se presentaría a la audiencia de este jueves y que esperaría que el Tribunal de Sentencia la declare en rebeldía y ordene su captura debido a que denunció una serie de irregularidades procesales. No obstante, compareció en sede judicial por recomendaciones de su abogado.
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Roa fue acusada de violar la cuarentena sanitaria, en contexto de la pandemia del COVID-19, debido a una “aglomeración” con otras 100 personas durante una manifestación denominada “Caravana contra la corrupción” que se realizó el 3 junio del 2020.
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Críticas a fiscales por procesamiento de María Esther Roa
Los agentes de la Fiscalía argumentaron en los alegatos finales que pudieron demostrar que la escrachadora violó el artículo 10, inciso B, de la Ley 716/66 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el artículo 298 de la Ley 836/80 “Código Sanitario” y el artículo 17 del Decreto Nº 3619/20, de fecha 24 de mayo de 2020, por el cual la Presidencia de la República estableció la cuarentena sanitaria para luchar contra la propagación del COVID-19 en Paraguay.
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Al respecto, su abogado Ferreiro criticó el trabajo de los representantes del Ministerio Público, argumentando que solicitaron que su clienta sea juzgada por un delito que no existe. Por ello, también solicitó que se impongan las costas a la Fiscalía y se remitan los antecedentes de los agentes Ruiz Díaz y Ramírez para que sean investigados por persecución de inocentes.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) había rechazado la excepción de inconstitucionalidad presentada por Roa, por lo que se presumía que dicha resolución marcaría una hoja de ruta para la decisión del Tribunal de Sentencia, considerando que los miembros analizaron el fondo del recurso interpuesto por la encausada, que atacó de inconstitucional las normativas que sustentan la acusación fiscal.
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Esta tesis se había reforzado luego de que la activista denunció que el fiscal Ruiz Díaz le señaló que había una orden de que Roa sea detenida, haciendo alusión a una persecución por parte de la Justicia debido a su lucha contra la corrupción, que representó con protestas hacia sectores políticos. El agente, al ser abordado por la escrachadora, decidió huir y no afrontarla.