Pintan cartel que prohibía presencia de perros en una plaza

Ante la publicación de un video en donde un ciudadano reclama que en la plaza Mburicaó hay un cartel que prohíbe el ingreso de mascotas, la Municipalidad de Asunción aclaró que el cartel no es suyo y procedió a pintarlo. En la institución aseguran que se puede acudir libremente con los “peludos”.

Print del video donde se ve el cartel que prohíbe la entrada de perros a la plaza Mburicaó.
Print del video donde se ve el cartel que prohíbe la entrada de perros a la plaza Mburicaó.

Cargando...

Un video fue publicado en twitter, en el que se ve que en la Plaza Mburicaó hay un cartel en la entrada que dicta: “Prohibido el ingreso de perros”. Esto provocó la molestia del ciudadano que publicó las imágenes y de quienes lo compartieron.

Al respecto, la directora municipal de Cultura, Ange Duarte, respondió al tuit alegando que supuestamente el cartel no corresponde a la Municipalidad asuncena y anunció que sería retirado.

“Gracias por avisar! Ese cartel no fue puesto por la @AsuncionMuni , debe ser una iniciativa de algún vecino. Mañana mismo vamos a sacar el cartel de la plaza con los compañeros de la @AsuDsu. Nosotros amamos a las mascotas y nuestras plazas tb. Somos #petfriendly”, dicta la publicación de la directora.

Posteriormente, la Dirección de Servicios Urbanos informó que se procedió a pintar las leyendas del aviso. “Agradecemos el gesto de informar sobre tal situación, ya que estamos totalmente a favor de que nuestros amigos peludos disfruten de los espacios públicos, más aún con el cuidado responsable de los dueños, por tal motivo procedimos al borrado de la frase en cuestión”, dictó el comunicado.

Funcionario procedió a pintar el cartel.
Funcionario procedió a pintar el cartel.

Según la ordenanza N° 334/13, no se prohíbe la entrada de mascotas en las plazas, pero sí en los juegos infantiles. Sobre el cuidado, el artículo 57° dicta: “El propietario o poseedor circunstancial de un animal, es responsable de los daños, las lesiones y las molestias que ocasione a las personas o las cosas, en las vías y espacios públicos y al medio natural”.

Asimismo, el artículo 58, dicta: “Queda prohibido dejar los residuos fecales de los perros y otros en la vía pública, donde el propietario y/o encargado es el responsable de recogerlo en una bolsa de plástico bien cerrados y depositarlos en los cestos de basura”.

La trasgresión del artículo 57 y 58 son consideradas faltas leves. Las multas van de 1 a 100 jornales (G. 88.051 a G. 880.510).

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...