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El jurista que actualmente trabaja en el sector privado y que 16 años atrás se desempeñaba como fiscal coadyuvante en el proceso que enfrentó Kassem Mohamad Hijazi por los delitos de evasión impositiva, violación del deber de llevar libros de comercio, declaración falsa y producción de documentos públicos de contenido falso, admitió que no tiene un respuesta lógica para explicar cómo un tribunal de Apelaciones y la misma Corte pudieron absolver en ese entonces al brasileño de origen libanés, cuando el cúmulo de elementos que probaban los delitos acusados era demasiado importante.
Aseveró que hasta hoy no conoce una causa que tenga la cantidad de pruebas que se tenían para condenar a Mohamad Hijazi, que llamativamente fue absuelto en esa oportunidad.
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Toda una comunidad le entregaba dinero
El abogado, quien explicó que renunció a esa causa antes del juicio oral para adentrarse al sector privado, recordó a su vez que el Ministerio Público tenía información acerca de que toda una comunidad le entregaba su dinero a Kassem Mohamad Hijazi para que se hicieran transferencias de dinero a Medio Oriente.
“Era el corazón mismo del movimiento comercial en Ciudad del Este”, puntualizó el exfiscal.
Por otro lado, comentó que la causa había tenido su origen en Ciudad del Este, con un allanamiento realizado por el entonces fiscal Juan Carlos Duarte. Recordó que en esa época la recolección de elementos probatorios era bastante importante por lo que el doctor Duarte le pidió a la fiscalía que sea asignado como coadyuvante un fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción. Así fue como Adolfo Marín llegó a trabajar en la causa.
Resaltó que en esa época regía una ley en la que la evasión impositiva no era un hecho precedente para lavar dinero, y ese fue el motivo por el que no fue acusado por lavado.
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“Tenía que haber existido condena”
Ante la renuncia de los fiscales Duarte y Marín, sostuvieron la causa otros fiscales, que a su vez fueron distintos a los que terminaron interviniendo en el juicio oral y público.
Marín concluyó afirmando que “sin duda alguna tenía que haber existido condena”, en aquel juicio.
“Pero no puedo hacer juicio de valor sobre qué razonamiento llevó a la Cámara de Apelaciones y a la Corte a absolverlo. Entiendo que ningún razonamiento puede sobrepasar la lógica de lo que en ese proceso se presentó. Esas pruebas sobrepasaban el filtro de la información que precisa un tribunal para condenar”, aseveró el jurista.